JUZGADO DE GARANTIA DE PUENTE ALTO

MP.C/ ESTEBAN JESÚS SEGUEL ROMERO Y NICOLÁS MAURICIO MARILEO VILLALÓN.

Rol

Fecha

2 de noviembre de 2022

Materia

INTERRUMPIR LIBRE CIRCULACION (LEY 21208 INC 1)

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y oído los intervinientes: Primero: Que la regla general es que la prueba ofrecida por los intervinientes sea rendida en el juicio oral, y la excepción es que la misma pueda ser excluida cuando fuere manifiestamente impertinente o tuviere por objeto acreditar hechos públicos y notorios. Además, las que proveniente de actuaciones o diligencias que hubieren sido declaradas nula y aquellas obtenidas con inobservancia de garantías fundamentales. Segundo: Que, en la especie, no concurre alguno de los presupuestos señalados precedentemente, toda vez que la exclusión de prueba decretada se refiere a un “set fotográfico” propuesto por el persecutor, el cual está inserto en una diligencia policial, cuya inclusión como medio de prueba en el juicio oral no está prohibida por el artículo 334 del Código Procesal Penal. Tercero: Que, de esta forma, la disposición citada tiene por objeto la protección de los principios que inspiran el juicio oral –oralidad, inmediación, publicidad y contradicción–, cautela que ejercen los jueces de juicio oral, los que deberán, como ocurre en la especie, resolver sobre la aceptación de dichas probanzas y su ponderación definitiva. Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en el artículo 370 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución de veintisiete de septiembre pasado, dictada por Juzgado de Garantía de Puente Alto, en cuanto excluye el “set fotográfico” aportado por el Ministerio Público y se declara que este debe ser incorporado al auto de apertura del juicio oral. Devuélvase. N° 2732-2022 Penal

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en el artículo 370 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución de veintisiete de septiembre pasado, dictada por Juzgado de Garantía de Puente Alto, en cuanto excluye el “set fotográfico” aportado por el Ministerio Público y se declara que este debe ser incorporado al auto de apertura del juicio oral. Devuélvase. N° 2732-2022 Penal

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San Miguel, dos de noviembre de dos mil veintidós. Segunda Sala Zoom Rol: 2732-2022-PENAL RUC: 2000253860-2 RIT: 2450-2020 Tribunal: JUZGADO DE GARANTÍA DE PUENTE ALTO Ministro de fe: Cristián Calderón Bórquez Digitadora: Carolina Orellana Medina Ministerio Público: Ma. Natalia Soto Sepúlveda Defensor: Mario Araya Hora de inicio: 10:05 horas Hora de término: 10:13 horas Imputado: M.P C/ESTEBAN JE

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