CRISTIAN MARTINEZ SOTO/GENDARMERÍA DE CHILE
Rol
Fecha
2 de noviembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que la abogada Katherine Michel Rodríguez recurre de amparo en favor de Cristián Martínez Soto y en contra de Gendarmería de Chile, específicamente contra el Consejo Técnico del C. D. P. de Puente Alto, por el hecho consistente en rechazar, entre los meses de febrero hasta octubre del año en curso en forma sistemática y continua, sus solicitudes de salida dominical. Expone que su representado fue condenado a cumplir las penas de 5 años y 1 día por el delito de tráfico ilícito de drogas del artículo 3 de la Ley 20.000 y de 5 años y 1 día por el delito de lavado de activos del artículo 27 de la Ley 19.913, ambas impuestas por sentencia pronunciada en causa RIT 248 – 2018 del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puente Alto, siendo su inicio de condena el 4 de septiembre de 2019 y de término el 7 de junio de 2026. Indica que su representado ha registrado una conducta penitenciaria evaluada como muy buena los tres últimos bimestres además de contar con el informe psicosocial elaborado por el equipo de gendarmería, por lo que cumple con todos los requisitos reglamentarios para obtener el beneficio solicitado. Además, señala que se le han abonado un total de trece meses en base a su buena conducta siendo evaluado por la “Comisión de Beneficio de Reducción de Condenas” y desarrolla actividades laborales al interior del centro penitenciario, se encuentra incorporado el sistema educacional penal y cuenta con apoyo externo de su grupo familiar. Explica que la resolución administrativa mediante la cual se rechaza la postulación para el beneficio señalado por la supuesta falta del cumplimiento de los requisitos legales para otorgarla, es un acto arbitrario e ilegal que afecta su libertad personal. Solicita tener por interpuesto el recurso, se adopten las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección de Cristián Martínez Soto, especialmente, se disponga la concesión del beneficio de salida do
Fallo
por lo expuesto, el acto no es ilegal toda vez que la resolución que se pronunció sobre la solicitud del recurrente fue dictada por autoridad competente, en el ejercicio de las funciones encomendadas por la ley, y con el suficiente mérito para ello, encontrándose debidamente fundamentada, por lo que el presente arbitrio no puede prosperar. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo interpuesto a favor de Cristián Martínez Soto en contra del Honorable Consejo Técnico del Centro de Detención Preventiva de Puente Alto. Regístrese y, en su oportunidad, archívese. Rol 698 - 2022 Amparo
Texto Completo (Preview)
Certifico que se anunció y alegó en la Quinta Sala, por el recurso de amparo la abogada doña Katherine Michel. San Miguel, 2 de noviembre de 2022. Mauricio Vergara Toro, relator. San Miguel, a dos de noviembre de dos mil veintidós. Al escrito folio N° 10: A sus antecedentes. A los escritos folio N° 11 y 12: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que la abogada Katherine Michel
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