MP C/ MARJORIE PAMELA EUFAMEN MUNOZ
Rol
Fecha
29 de octubre de 2022
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Primero: Que el artículo 122 del Código Procesal Penal dispone que las medidas cautelares personales sólo serán impuestas cuando fueren absolutamente indispensables para asegurar la realización de los fines del procedimiento. Segundo: Que, a su vez, el artículo 139 del referido ordenamiento prevé que la prisión preventiva procederá cuando las demás medidas cautelares personales fueren estimadas como insuficientes para asegurar las finalidades del procedimiento, la seguridad del ofendido o de la sociedad. Tercero: Que del mérito de los antecedentes expuestos, aparece que la necesidad de cautela a que se refiere la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal se ve suficientemente satisfecha con las medidas que al efecto contempla el artículo 155 letras a) y d) del mismo cuerpo legal, esto es, arresto domiciliario total y arraigo nacional, ya dispuesta por el a quo. Por estas consideraciones y de conformidad, además, lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código antes citado, se confirma la resolución dictada en audiencia de veintiocho de octubre del año en curso, por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, que no hizo lugar a la medida cautelar solicitada por el Ministerio Público respecto de la imputada Marjorie Pamela Eufamen Muñoz. Comuníquese vía interconexión. N° 3005-2022 Penal
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código antes citado, se confirma la resolución dictada en audiencia de veintiocho de octubre del año en curso, por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, que no hizo lugar a la medida cautelar solicitada por el Ministerio Público respecto de la imputada Marjorie Pamela Eufamen Muñoz. Comuníquese vía interconexión. N° 3005-2022 Penal
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San Miguel, veintinueve de octubre de dos mil veintidós. Segunda Sala Zoom Rol: 3005-2022-PENAL RUC: 2201070711-4 RIT: 7634-2022 Tribunal: JUZGADO DE GARANTÍA DE PUENTE ALTO Ministro de fe: Cristián Calderón Bórquez Digitadora: Carolina Orellana Medina Ministerio Público: Paul Saint-Jean Provis Defensor: Juan Pablo Gómez Hora de inicio: 11:28 horas Hora de término: 11:41 horas Imputado: M.P C/MAR
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