1º JUZGADO DE FAMILIA SANTIAGO

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

3 de noviembre de 2022

Materia

ALIMENTOS, AUMENTO

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: 1°) Que conforme lo dispone el artículo 4° de la Ley 14.908, la resolución que decrete los alimentos provisorios y la que se pronuncie provisionalmente sobre la solicitud de aumento, rebaja o cese de una pensión alimenticia, será susceptible del recurso de reposición con apelación subsidiaria. 2°) Que al efecto y conforme lo establece el artículo 67 N° 1 de la Ley N° 19.968, el recurso de reposición debe interponerse dentro de tercero día de notificada la resolución, mismo que ha de sujetarse la apelación subsidiaria. 3°) Que del mérito de los antecedentes consta que la resolución, contra la cual se recurre se notificó al ...

Texto Completo (Preview)

chv C.A. de Santiago Santiago, tres de noviembre de dos mil veintidós. Vistos: 1°) Que conforme lo dispone el artículo 4° de la Ley 14.908, la resolución que decrete los alimentos provisorios y la que se pronuncie provisionalmente sobre la solicitud de aumento, rebaja o cese de una pensión alimenticia, será susceptible del recurso de reposición con apelación subsidiaria. 2°) Que al efecto y confor

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