BORGELLA / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
28 de octubre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente. Primero: Que comparece el abogado Tomás Mathenson Mujica, para interponer acción constitucional de protección en nombre de Raphael Borgella, trabajador, de nacionalidad haitiana, domiciliado en calle Parroquia N°1498, comuna de San Ramón, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado legalmente por su director señor Luis Thayer Correa, ambos domiciliados en calle San Antonio N°580, comuna de Santiago, por haber incurrido en una omisión ilegal y arbitraria que perturba el ejercicio del derecho del recurrente, consagrado en el artículo 19 N°2 de la Carta Fundamental, al no pronunciarse respecto de la solicitud de obtener la permanencia definitiva. Indica que el recurrente solicitó a la autoridad migratoria el beneficio referido hace 1 año y 2 meses, sin embargo, no ha tenido respuesta de su petición, lo que lo mantiene en total incertidumbre y, en la actualidad, no ha podido renovar cédula de identidad lo que complejiza la realización de cualquier trámite y, en caso de haber sido rechazada, no se tendría conocimiento de aquello. Refiere que el recurrido, como órgano perteneciente a la administración pública, se encuentra obligado a cumplir con los principios garantizados en el ordenamiento jurídico, especialmente, aquellos consagrados en la Ley 19.880. Pide a esta Corte que se ordene al Servicio Nacional de Migraciones, el otorgamiento del acto terminal. Segundo: Que el Servicio Nacional de Migraciones, en lo pertinente a la solicitud de permanencia definitiva del recurrente, informa a través de su abogado que dicha petición fue realizada por el actor el 10 de junio de 2021 y que el 10 de marzo de 2022 se dictó Resolución Exenta N° 22136225, en el que se aprobó el avance del trámite a la etapa de “evaluación intermedia”. Al haberse solicitado la permanencia definitiva previo a la entrada en vigor de la nueva ley, hace referencia a los artículos que regulaban la materia en dicho momento, específicamente el artículo 41 de
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San Miguel, veintiocho de octubre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente. Primero: Que comparece el abogado Tomás Mathenson Mujica, para interponer acción constitucional de protección en nombre de Raphael Borgella, trabajador, de nacionalidad haitiana, domiciliado en calle Parroquia N°1498, comuna de San Ramón, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado legalmente por
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