Jdo. de Letras del Trabajo de San Felipe

METELLUS Y OTROS/JOSE DAVID HIDALGO ABARZUA SERVICIOS PARK

Rol

C-11-2021

Fecha

28 de abril de 2021

Materia

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Que, con fecha 18 de abril de 2021, la abogada Milena Sánchez Lizama, por la Municipalidad de San Felipe, demandada en estos autos, en lo principal de dicha presentación deduce incidente de nulidad procesal por falta de emplazamiento. Señala que, con fecha 13 de Abril de 2021, durante el transcurso de la Sesión Ordinaria del Honorable Concejo Municipal y, con motivo de la intervención en ella de un concejal, su representada, tomó conocimiento de la resolución de fecha 31 de Marzo de 2021. Dicha resolución ordena notificar a su representada la liquidación practicada en autos y el requerimiento respectivo. Que, lo anterior se traduce en el grave perjuicio de que su representada al no enterarse o tomar conocimiento de dicha resolución, quedó impedida en tiempo y forma de ejercer los derechos que le confiere expresamente el artículo 469 y 470 del Código del Trabajo, esto es objetar la liquidación de autos y oponer excepciones a la ejecución, quedando en concreto en la más completa y absoluta indefensión, dejando a esta parte expuesta a la práctica inminente de la diligencia de embargo, lo que se probará en la oportunidad procesal pertinente. Que, encontrándome dentro del plazo legal, vengo en deducir incidente de nulidad procesal por falta de emplazamiento en los términos contemplados en el artículo 83 del Código de Procedimiento Civil en relación con el artículo 432 del Código del Trabajo; por cuanto ha existido un vicio en el proceso que claramente ha provocado un grave perjuicio a esta parte, el que es solo reparable con la declaración de nulidad, por lo que solicito desde ya SS., se proceda a dar tramitación a la presente incidencia de nulidad, conferir traslado a la parte ejecutante, y en su mérito, dejar la presente causa en el estado de notificar la resolución de fecha 31 de Marzo de 2021 en la forma legal, recibir el incidente a prueba, o lo que se determine conforme al mérito del proceso. Que, en atención a lo señalado, queda de manifiesto que esta

Fallo

por tanto, sabía perfectamente la etapa procesal que correspondía, siendo notificado su ingreso a la cobranza judicial por correo electrónico. Agrega, que no es efectivo, de que la ejecutada no haya sido notificada legalmente, consta en autos que con fecha primero de abril de 2021 se dejó constancia de “ingresó a Correos de Chile carta certificada que contiene 1.- Tipo Resolución, cuaderno principal, Referencia Requiérase, fecha 31 de marzo de 2021; 2.- Tipo Resolución, cuaderno principal, Referencia Liquídese Cumplimiento, 16 de marzo 2021; 3.- Tipo Actuación, cuaderno 2”. Que, dicha carta certificada no consta en autos que se haya devuelto. Que, a mayor abundamiento, consta en autos que con fecha 16 de diciembre de 2020, la señora Milena Sánchez Lizama, acreditó su patrocinio y poder en esta causa para actuar conjunta o separadamente con don Felipe González Guzmán, por tanto ya constaba en autos su poder, por tanto no se cumple con el requisito de la nulidad por tener conocimiento anterior de las resoluciones de las cuales se reclama su falta de emplazamiento, por lo cual corresponde que dicha solicitud de nulidad sea rechazada de plano. Que, con fecha 31 de marzo de 2021, se despacha él requiérase y en el párrafo final se ordena notificar la liquidación y requiérase de pago a la ejecutada por carta certificada. Que, con fecha 1 de abril de 2021, se deja constancia, en la carpeta electrónica, de la remisión de la carta certificada (folio 9) a la municipalidad de San Fe

Texto Completo (Preview)

jlp San Felipe, veintiocho de abril de dos mil veintiuno. Autos. Vistos: Que, con fecha 18 de abril de 2021, la abogada Milena Sánchez Lizama, por la Municipalidad de San Felipe, demandada en estos autos, en lo principal de dicha presentación deduce incidente de nulidad procesal por falta de emplazamiento. Señala que, con fecha 13 de Abril de 2021, durante el transcurso de la Sesión Ordinaria d

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