15B0 JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

MP.C/ LUIS ANTONIO PEÑALOZA ZÚÑIGA, DIEGO ANDRÉS VARGAS ALMENDRA, ANDRÉS JESÚS ALFONSO ARIAS TORRES, PABLO JESÚS VARGAS ALMENDRA Y ALEJANDRO WLADIMIR RETAMAL MACKER.

Rol

Fecha

28 de octubre de 2022

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que del mérito de los antecedentes se constata que se encuentran suficientemente justificados en este estadio procesal los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal; asimismo esta Corte estima que la libertad de los imputados es peligrosa para la seguridad de la sociedad de conformidad con lo previsto en el artículo 140 letra c) del Código Procesal Penal, atendida la naturaleza, forma de comisión de los ilícitos atribuidos a su respecto, la circunstancia de haberse incautado droga de distinta naturaleza, actuar en grupo o pandilla, mantener antecedentes pretéritos penales todos ellos, a excepción de Diego Andrés Vargas Almendra. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 370 del Código antes aludido, se revoca la resolución de veintiséis de octubre del año en curso, dictada por el 15° Juzgado de Garantía de Santiago y se declara que se ordena la prisión preventiva de los imputados Luis Antonio Peñaloza Zúñiga, Diego Andrés Vargas Almendra, Andrés Jesús Alfonso Arias Torres, Pablo Jesús Vargas Almendra y Alejandro Wladimir Retamal Macker. Se deja constancia que la decisión anterior, fue acordada contra el voto de la ministro señora Catepillán, sólo respecto del imputado Diego Andrés Vargas Almendra, pues fue del parecer de confirmar la resolución en alzada en virtud de sus propios fundamentos. Devuélvase. N° 2970-2022 Penal.

Fallo

se declara que se ordena la prisión preventiva de los imputados Luis Antonio Peñaloza Zúñiga, Diego Andrés Vargas Almendra, Andrés Jesús Alfonso Arias Torres, Pablo Jesús Vargas Almendra y Alejandro Wladimir Retamal Macker. Se deja constancia que la decisión anterior, fue acordada contra el voto de la ministro señora Catepillán, sólo respecto del imputado Diego Andrés Vargas Almendra, pues fue del parecer de confirmar la resolución en alzada en virtud de sus propios fundamentos. Devuélvase. N° 2970-2022 Penal.

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San Miguel, veintiocho de octubre de dos mil veintidós. Segunda Sala Zoom Rol: 2970-2022-PENAL RUC: 2201060615-6 RIT: 3688-2022 Tribunal: 15° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO Ministro de fe: Cristián Alcántara Mödinger Digitadora: Carolina Orellana Medina Ministerio Público: Rodrigo Peña S. Defensor: Rodrigo Codoceo Defensor: María Iris Bittner Hora de inicio: 10:13 horas Hora de término: 10:18 ho

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