SIN INFORMACION

PEÑA / COMISIÓN LIBERTAD CONDICIONAL DE LA REGIÓN DE VALPARAÍSO

Rol

Fecha

28 de octubre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: Que a folio N°1 se deduce acción constitucional de amparo en favor de Cristian Enrique Peña Araya, privado de libertad en el Centro de Cumplimiento de San Antonio, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valparaíso, con motivo de la dictación de la resolución N°1.465-2022, de fecha 13 de octubre de 2022, que denegó conceder la libertad condicional al amparado. Explica que fue condenado por el Juzgado de Garantía de San Antonio a la pena de 3 años y 1 día por el delito de Tenencia de Armas más 541días por el delito contra la ley del tránsito. Inició su condena el día 18 de octubre de 2019 y la termina el 10 de abril de 2024. Afirma que el nivel de conducta registrado por el interno durante su vida intrapenitenciaria, es muy buena, sin que haya variado hasta la fecha de postulación al beneficio de Libertad Condicional. Reclama que no obstante lo anterior, la comisión recurrida rechazó otorgarle la libertad condicional, teniendo en consideración que “el informe de postulación psicosocial a que se refieren los artículos 12 y 14 del Decreto N° 338, resulta desfavorable para un cumplimiento en libertad, pues da cuenta que el postulante mantiene riesgo de reincidencia, saldo de pena por cumplir; mantiene necesidades de intervención”. Previas citas legales, solicita dejar sin efecto la Resolución emanada por la Comisión, disponiendo en su reemplazo la concesión de la Libertad Condicional. A folio N°4, informa el Alcaide del Centro de Cumplimiento Penitenciario de San Antonio, y remite antecedentes relacionados con la libertad condicional del amparado, consistentes en formulario consolidado de postulación al proceso de libertad condicional, informe den postulación psicosocial, informe de control de conducta, certificado den antecedentes penales e informe especial de trabajo. A folio N°5, informa el Sr. Alejandro García Silva, Ministro Presidente de la Comisión de Libertad Condicional de esta Corte de Apelacione

Fundamentos

fundamentos que la Comisión de Libertad Condicional tuvo en consideración al momento de dictarla. A folio N°6, se ordenó traer los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que, por la vía del presente recurso de amparo se cuestiona la legalidad de la N°1.465-2022, de fecha 13 de octubre de 2022, emanada de la Comisión de Libertad Condicional, por medio de la cual rechazó el beneficio de la libertad condicional al amparado, según el razonamiento contenido en su considerando tercero que señala: “Que teniendo en consideración que el informe de postulación psicosocial a que se refieren los artículos 12 y 14 del Decreto N° 338, resulta desfavorable para un cumplimiento en libertad, pues da cuenta que el postulante mantiene riesgo de reincidencia medio; en etapa precontemplativa; no tiene conciencia de la gravedad del delito ni del mal causado, considerando además la naturaleza del delito; mantiene altas necesidades de intervención; presenta vinculación a pares criminógenos; es reincidente delictual; resta un importante saldo de pena por cumplir, tiempo que podría ser aprovechado en su intervención intramuros; evidencia consumo problemático de drogas; atendido estos factores, el propio informe no recomienda, al menos expresamente, acceder al beneficio; siendo posible concluir que no cumple con las exigencias establecidas en el numeral 3 del artículo 2 del Decreto Ley 321.”. Segundo: Que, la cuestión sometida a conocimiento de esta Corte consiste entonces, en determinar si la Comisión de Libertad Condicional al desestimar el beneficio de la libertad condicional ha ponderado de manera ilegítima los antecedentes del informe de postulación psicosocial, apartándose de lo establecido en la normativa pertinente. Tercero: Que en el caso de autos el amparado está sujeto a la reglamentación prevista en el Decreto Ley 321 de 1925 y sus modificaciones, efectuadas por la Ley 21.124 de 18 de enero de 2019, la que hizo exigible – entre otras condiciones – conforme lo dispuesto por el numeral 3) del artículo 2° del referido Decreto Ley, que el postulante a la libertad condicional deba: “Contar con un informe de postulación psicosocial elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería de Chile que permita orientar sobre los factores de riesgo de reincidencia, con el fin de conocer sus posibilidades para reinsertarse adecuadamente en la sociedad. Dicho informe contendrá, además, los antecedentes sociales y las características de personalidad de la persona condenada, dando cuenta de la conciencia de la gravedad del delito, del mal que éste causa y de su rechazo explícito a tales delitos”. Cuarto: Que, por su parte, la decisión de la Comisión se encuentra debidamente fundada en los antecedentes proporcionados por la autoridad penitenciaria, institución que ha entregado a un experto la redacción del informe contemplado y ordenado por el artículo 4° del aludido cuerpo normativo. En efecto, en tal informe se advierte que el ampara

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de Cristian Enrique Peña Araya en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-2027-2022. En Valparaíso, veintiocho de octubre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintiocho de octubre de dos mil veintidós. VISTO: Que a folio N°1 se deduce acción constitucional de amparo en favor de Cristian Enrique Peña Araya, privado de libertad en el Centro de Cumplimiento de San Antonio, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valparaíso, con motivo de la dictación de la resolución N°1.

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica