DEMANDANTE:FISCO DEMANDADO AGRICOLA SANTA LUCIA LIMITADA
Rol
Fecha
28 de octubre de 2022
Materia
OTRAS MATERIAS
Resultado
DESIERTO
Hechos
VISTOS: Atendida la fecha en que se dio origen a este proceso y lo dispuesto en el artículo 2° transitorio de la Ley 20.886, resulta aplicable la carga procesal prevista en el artículo 200 del Código de Procedimiento Civil, en su redacción anterior a la entrada en vigencia de la Ley de Tramitación Electrónica y no habiéndose hecho parte el apelante conforme se expone en el certificado de fecha veintisiete de octubre del año en curso, y visto, además, lo dispuesto en el artículo 201 del Código de Procedimiento Civil, en su texto previo a la precitada ley, se declara DESIERTO el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución que no da lugar la solicitud de abandono de procedimiento de fecha catorce de junio de dos mil veintidós en el expediente administrativo Rol 511-2004, Juez Sustanciador de la Tesorería Municipal de San Fernando. Regístrese, comuníquese y devuélvase. Rol I. Corte N°1020-2022 Civil.
Fallo
se declara DESIERTO el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución que no da lugar la solicitud de abandono de procedimiento de fecha catorce de junio de dos mil veintidós en el expediente administrativo Rol 511-2004, Juez Sustanciador de la Tesorería Municipal de San Fernando. Regístrese, comuníquese y devuélvase. Rol I. Corte N°1020-2022 Civil.
Texto Completo (Preview)
Aaa// Rancagua, veintiocho de octubre de dos mil veintidós. VISTOS: Atendida la fecha en que se dio origen a este proceso y lo dispuesto en el artículo 2° transitorio de la Ley 20.886, resulta aplicable la carga procesal prevista en el artículo 200 del Código de Procedimiento Civil, en su redacción anterior a la entrada en vigencia de la Ley de Tramitación Electrónica y no habiéndose hecho parte
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