1° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

BECERRA/TRANSPORTES Y GRUAS VECCHIOLA S.A.

Rol

Fecha

27 de octubre de 2022

Materia

DAÑO MORAL

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°) Que se trata, el presente asunto, de una acción de tutela por derechos fundamentales en razón de discriminación por enfermedad, en el cual se controvierte por la empleadora el momento del despido. 2°) Que dada la naturaleza cautelar y de acción de emergencia respecto de una trabajadora que según los antecedentes médicos presentados, efectivamente se encuentra enferma, es decir, estamos frente a una categoría sospechosa de vulnerabilidad que debe ser entendida en favor de la afectada con la finalidad de no innovar mientras se discute el fondo, la medida solicitada parece de toda razonabilidad. Y visto además lo dispuesto en el artículo 444 del Código del trabajo, se revoca en lo apelado, la resolución de fecha veinte de septiembre de dos mil veintidós, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de esta ciudad, en el RIT T-1390-2022, sólo en cuanto se dispone que se tendrá como vigente la relación laboral mientras dure el presente juicio. Acordado con el voto en contra de la Fiscal Judicial señora González, quien estuvo por confirmarla en atención a sus propios

Fundamentos

fundamentos y teniendo además en consideración que el estado de salud de la demandante fue conocido desde el inicio de la relación laboral por la parte demandada, de modo que la alegación relativa a la existencia de un despido discriminatorio, por ahora, carece de sustento. Redactó la ministra (S) señora Poza y el voto su autora. Regístrese y comuníquese. N° Laboral - Cobranza-3061-2022. Pronunciada por la Duodécima Sala, integrada por la Ministro (S) señora Lidia Poza Matus, la Fiscal Judicial señora Javiera Verónica González Sepúlveda y la Abogado Integrante señora Gloria Alejandra Flores Duran.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de octubre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: 1°) Que se trata, el presente asunto, de una acción de tutela por derechos fundamentales en razón de discriminación por enfermedad, en el cual se controvierte por la empleadora el momento del despido. 2°) Que dada la naturaleza cautelar y de acción de emergencia respecto de una trabajadora que seg

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