INSTITUTO NACIONAL DE DERECHOS HUMA NOS/DELEGACIÓN PRESIDENCIAL DE ARICA Y PARINACOTA
Rol
Fecha
26 de octubre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1°) Que, comparece TARCILA PIÑA RIQUELME, abogada, con domicilio en calle Los Carrera N°380, oficina 326, de la comuna de La Serena, Cuarta Región, Jefa Regional de la sede de Coquimbo del Instituto Nacional de Derechos Humanos, mandataria judicial de doña CONSUELO CONTRERAS LARGO, Trabajadora Social, Directora del Instituto Nacional de Derechos Humanos, Cédula Nacional de Identidad, actuando en representación del INSTITUTO NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS (INDH), corporación autónoma de derecho público, con domicilio en calle Eliodoro Yáñez N°832, comuna de Providencia, Santiago, quien interpone Acción de Amparo en contra de la Intendencia Regional de Arica y Parinacota, hoy DELEGACIÓN PRESIDENCIAL DE ARICA Y PARINACOTA, representada por Ricardo Sanzana Oteíza, con domicilio en General Velázquez N°1775, comuna de Arica, Región de Arica y Parinacota, por vulnerar el derecho constitucional de la libertad personal, establecido en el artículo 19 N°7° de la Constitución Política de la República, de la ciudadana de nacionalidad venezolana Sra. YAMELYS COROMOTO LÓPEZ FLORES, Documento Nacional de Identidad Venezolano Nº19.426.43; de los niños LUIS ALEJANDRO LÓPEZ LÓPEZ (14), Documento Nacional de Identidad Venezolano Nº33.179.145; RODRIGO ALEJANDRO PÁEZ LÓPEZ (1), Cédula Nacional de Identidad N°27.639.306-5; y de RUBÉN ALEJANDRO PÁEZ LÓPEZ (1), Cédula Nacional de Identidad N°27.639.262-K; todos domiciliados en Río La Laguna número 1353, Condominio El Bosque, Departamento 511, Torre B, Bosque San Carlos, comuna de La Serena, IV Región. Expone que doña YAMELYS COROMOTO LÓPEZ FLORES, es una ciudadana venezolana de 34 años, quien se desempeñaba como profesora de enseñanza media en un establecimiento educacional de la ciudad de Valencia, en Venezuela, desde el año 2014 y hasta marzo del año 2019. Además de ejercer dichas labores, estaba dedicada al cuidado de su hijo, LUIS ALEJANDRO LÓPEZ LÓPEZ, actualmente de 14 años. Refiere que abrumada por la difícil situación económica que atravesaba su país, y particularmente ella misma -recibía una remuneración mensual equivalente a diez (10) dólares estadounidenses, con lo que apenas podía cubrir necesidades alimenticias básicas para ella y su hijo- en junio del año 2019 decidió abandonar Venezuela con rumbo a Chile, con la promesa de reencontrarse en el futuro con su hijo, en ese momento de 11 años. Sostiene que, de este modo, Yamelys López ingresó a Chile a fines de junio del año 2019, por paso no habilitado entre las ciudades de Tacna y Arica. Explica que este ingreso irregular estuvo motivado por las significativas dificultades para obtener una visa que le permitiese ingresar a nuestro país en el consulado chileno en Tacna, cuya tramitación exigía, inclusive, pernoctar en las afueras del consulado en carpas durante varios días, sin que fuese recepcionado su requerimiento. Añade que, en esa misma fecha, una vez en territorio nacional, acudió a autodenunciarse ante la Policía de Investigaciones de Chile
Texto Completo (Preview)
Instituto Nacional de Derechos Humanos Delegación Presidencial de Arica y Parinacota Recurso de Amparo Rol N° 405-2022.- La Serena, veintiséis de octubre de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°) Que, comparece TARCILA PIÑA RIQUELME, abogada, con domicilio en calle Los Carrera N°380, oficina 326, de la comuna de La Serena, Cuarta Región, Jefa Regional de la sede de Coquimbo del Instituto N
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