SIN INFORMACION

RECURSO DE AMPARO EN FAVOR DE WLADIMIR ALFARO CÁRCAMO CONTRA COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

26 de octubre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1°) Que, comparece PAOLA VEGA BOLADOS, abogada, en favor de WLADIMIR FRANCISCO ALFARO CARCAMO cédula de identidad N°19.770.221-4, actualmente privado de libertad en el Complejo Penitenciario La Serena, e interpone acción constitucional de amparo en contra de la COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL, por haber rechazado la postulación al beneficio, mediante la Resolución N°439-2022 de 5 de octubre de este año. Indica que el condenado registra como inicio de cumplimiento el 12 de julio de 2019 y fecha de término el 21 de agosto de 2024. Adicionalmente, refiere que cumplió el tiempo mínimo de postulación el 22 de abril de 2022, siendo calificado con conducta Muy Buena desde cuatro bimestres atrás. Sin embargo, considera que no pueden dejar de tenerse en consideración los aspectos relevantes, con relación al proceso de reinserción social de su representado, que constan en informe psicosocial que acompaña, cuyas conclusiones transcribe, y conforme al cual el amparado sí ha demostrado importantes avances en su proceso de reinserción. Además, hace presente que el informe de postulación del primer y segundo semestre son idénticos, solo cambian las fechas, por lo que en la especie no se cumple con lo exigido el Decreto Ley 321. Afirma que el acto reclamado es ilegal, pues infringe lo dispuesto en el D.L. 321 sobre Libertad Condicional y el Decreto Supremo 338/2019 de septiembre 2020. Y arbitrario, en cuanto el informe de postulación no está elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería de Chile o de los destinados al servicio de reinserción social en el caso de la administración concesionada. Previas citas legales, solicita que se acoja la presente acción de ampro y se ordene dejar sin efecto la resolución que rechaza la libertad condicional del amparado, y se conceda su libertad condicional. Acompaña: 1.- Peritaje Psicosocial del amparado, evacuado por la perito Magister en psicología y Asistente Social, Carmen Mendieta Rivera. 2.- Curriculum y antecedentes de la Perito Carmen Mendieta Rivera. 3.- Copia Informe postulación Psicosocial Libertad Condicional 1° Semestre 4.- Copia Informe postulación Psicosocial Libertad Condicional 2° Semestre 5.- Certificado Siges correspondiente al curso Formación General para el Trabajo. Diploma otorgado por Siges correspondiente al Taller Solución Problemas Interpersonales. 2°) Que, comparece MARÍA INÉS DEVOTO TORRES, Jueza titular del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal, en representación de la COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL, quien informa señalando que con los antecedentes que tuvo a la vista, decidió no concederle el beneficio de Libertad Condicional, conforme las razones consignadas en la RESOLUCIÓN N° 439-2022, de 05 de octubre de 2022, esto es, que el condenado no cumple con el requisito establecido en el numeral tercero del Artículo 2 del D.L. 321, toda vez que del mérito del informe de postulación psicosocial tenido a la vista apareció que presenta un riesgo de reincidencia medio

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, se RECHAZA, el recurso de amparo interpuesto en favor de WLADIMIR FRANCISCO ALFARO CARCAMO y en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol N° 406-2022.-

Texto Completo (Preview)

Alfaro Cárcamo, Wladimir Francisco Comisión de Libertad Condicional Recruzo de Amparo Rol N° 406-2022.- La Serena, veintiséis de octubre de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°) Que, comparece PAOLA VEGA BOLADOS, abogada, en favor de WLADIMIR FRANCISCO ALFARO CARCAMO cédula de identidad N°19.770.221-4, actualmente privado de libertad en el Complejo Penitenciario La Serena, e interpone acci

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