SIN INFORMACION

FUENTE VALENZUELA / GENDARMERIA

Rol

Fecha

26 de octubre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Carla Nicole Bustos Penroz, cédula nacional de identidad N° 18.364.376-2, domiciliada en calle El Huaso N° 1078, quien deduce amparo en favor de Carlos Andrés Fuentes Valenzuela, cédula nacional de identidad N° 18.245.972-0, actualmente privado de libertad en la Unidad Penal de Colina I, en contra de Gendarmería de Chile. Expresa que su acción se dirige en contra de un policía de nombre “Pablo Kilodrán” (sic), trabajador de Colina I, debido a que éste habría golpeado y enviado a zona de castigo al amparado por no querer comprarle cigarrillos, situación que -refiere- sería habitual, ya que éste se dedicaría a su venta, así como de droga, chip, teléfonos, encendedores y las “MB” de conducta, a los reclusos, ejerciendo maltratos y sanciones indebidas en contra de ellos si no le obedecen. Solicita que se realice un seguimiento en su contra por conducto de ley de transparencia y, junto a su acción, adjunta cuatro fotografías del amparado a torso desnudo en las que se aprecian líneas pardo-rojizas en pecho, abdomen y espalda que atribuye a los golpes que habría recibido. Segundo: Que, mediante Oficio (R) N° 13.02.01/2022, de fecha 13 de octubre de este año, informa Iván Betacourt Castro, Alcaide del Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I de Gendarmería de Chile, señalando que el amparado fue sorprendido por personal de Gendarmería cuando realizaban una ronda preventiva por los patios de la torre. Añade que en ese momento, el sargento segundo Pablo Quilodrán Morales, en compañía del teniente 2° Matías Figueroa Muñoz, se percataron que los internos Carlos Andrés Fuentes Valenzuela y Cristian Nicolás Fuentes Valenzuela, manipulaban armas artesanales cortopunzantes, consistentes en 5 armas blancas con medidas que fluctúan entre los 72 centímetros y 1,97 metros aproximadamente, las que les fueron incautadas. Por este motivo –indica- ambos internos fueron trasladados hacia la avanzada de guardia, momento en que comenz

Fallo

Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, y Auto Acordado sobre la materia, se acoge, el recurso de amparo interpuesto por Carla Nicole Bustos Penroz, en favor de Carlos Andrés Fuentes Valenzuela, en cuanto se dispone poner los antecedentes en conocimiento del Ministerio Público y del Director Nacional de Gendarmería de Chile, para los efectos a que hubiere lugar. Ofíciese, sin perjuicio comuníquese por la vía más rápida. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-3729-2022 Pronunciada por la Novena Sala, presidida por la ministra señora Graciela Gómez Quitral, e integrada, además, por la ministra señora Carolina Brengi Zunino y el abogado integrante señor Claudio Gonzalo García Lamas. En Santiago, veintiséis de octubre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiséis de octubre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Carla Nicole Bustos Penroz, cédula nacional de identidad N° 18.364.376-2, domiciliada en calle El Huaso N° 1078, quien deduce amparo en favor de Carlos Andrés Fuentes Valenzuela, cédula nacional de identidad N° 18.245.972-0, actualmente privado de libertad en la Unidad Penal d

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