BRUNO FLORES FERNANDEZ CONTRA RESOLUCION JUEZ DE GARANTIA DE ARAUCO
Rol
Fecha
26 de octubre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDO REC. DE HECHO
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1º.- Que en folio 1, don Bruno Flores Fernández, abogado, por doña Alejandra Paola Vásquez González, en la causa RIT 1497-2019 del Juzgado de Garantía de Arauco, deduce recurso de hecho en contra de la resolución de 24 de agosto, notificada el día 25 del mismo mes, dictada por el Juez de Garantía de Arauco que concedió un recurso de apelación deducido el 23 de agosto por la imputada Patricia Urzúa Jerez, para que esta Corte de Apelaciones, conociendo del recurso, “revoque la resolución impugnada declarando inadmisible la apelación deducida”, conforme a los argumentos que señala. 2°.- Que son hechos que constan en la carpeta electrónica, los siguientes: a) el 19 de mayo de 2022, el Ministerio Publico comunicó el cierre de la investigación solicitando al Juez de Garantía que se fije audiencia para comunicar la decisión de no perseverar; b) el 20 de mayo de 2022, el tribunal tuvo presente el cierre de la investigación, fijando, además, una audiencia para comunicar la decisión de no perseverar; c) el 7 de junio de 2022, el Ministerio Publico se desiste del ejercicio de la facultad de no perseverar; d) el 18 de agosto de 2022, se llevó a cabo la audiencia para debatir la reapertura de la investigación y el sobreseimiento definitivo ordenado por esta Corte de Apelaciones, conforme a lo resuelto en causa rol amparo 325-2022, presentado por el recurrente y en dicha audiencia, su representada Alejandra Paola Vásquez González fue definitivamente sobreseída de conformidad con lo dispuesto en la letra b) del artículo 250 del Código Procesal Penal; e) el 23 de agosto de 2022, la defensa de la imputada Patricia Urzúa Jerez apela de la resolución dictada en la audiencia de 18 de agosto de 2022, que declaró cerrada la investigación; f) esta apelación fue concedida al día siguiente (rol 901-22 del ingreso penal de esta Corte) y es contra de esta resolución que se ha interpuesto el falso recurso de hecho en análisis; y g) a la causa rol 901-2022, se acum
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 45, 369 y 370 letra b) del Código Procesal Penal, se acoge el recurso de hecho deducido por don Bruno Flores Fernández, en contra de la resolución de 24 de agosto pasado dictada por el Juzgado de Garantía de Arauco que concedió un recurso de apelación deducido el día 23 de agosto por la defensa de la imputada Patricia Urzúa Jerez, en contra de la resolución dictada en la audiencia de 18 de agosto de 2022, que declaró cerrada la investigación, el que se declara inadmisible, sin costas. Comuníquese lo resuelto por interconexión y agréguese copia de esta resolución en la causa rol 901-22 del ingreso penal de esta Corte de Apelaciones. Redactó Camilo Álvarez Órdenes, ministro titular. Regístrese y archívese. Aunque concurrió a la vista de la causa y al acuerdo, no firma la ministra señora Viviana Iza Miranda, por estar haciendo uso de feriado legal. N°Penal-920-2022 (recurso de hecho)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción xsr Concepción, veintiséis de octubre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: 1º.- Que en folio 1, don Bruno Flores Fernández, abogado, por doña Alejandra Paola Vásquez González, en la causa RIT 1497-2019 del Juzgado de Garantía de Arauco, deduce recurso de hecho en contra de la resolución de 24 de agosto, notificada el día 25 del mismo mes, dictada por el Juez de Ga
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