SIN INFORMACION

MAQUINARIA CRUZ DEL SUR SPA/CONSTRUCTORA LOGA LIMITADA - (REASIGNADA DESDE TABLA RELATORA SRA. MILENA SUKNO) - (ACUMULADO RECURSO DE HECHO INGRESO CORTE N°3642-2020) - (LTE)- VUELVE A TABLA

Rol

Fecha

25 de octubre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente. Primero: Que compareció Bernardo Pinto Giroud en representación de Maquinarias Cruz del Sur Spa, quien interpuso recurso de hecho en contra de resolución de 17 de febrero de 2020, dictada por 3º Juzgado Civil de Santiago, que negó lugar a apelación subsidiaria, por cuanto la estimó improcedente, conforme lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 4 de la ley 20.720. Que proveyendo a la verificación de créditos, el tribunal a quo apercibió a la recurrente acompañar mandato judicial, bajo apercibimiento de tener por no presentado el escrito para todos los efectos legales, recurriendo el compareciente de reposición con apelación en subsidio. Respecto de la apelación subsidiaria, se la declaró improcedente en razón de lo previsto en el numeral 2 del artículo 4 de la ley 20.720. Funda el recurso de hecho señalando que la resolución recurrida es un auto o decreto de acuerdo al artículo 158 del Código de Procedimiento Civil, siendo procedente la apelación de conformidad con lo previsto en el artículo 188 del mismo cuerpo legal, por cuanto altera la sustanciación regular del juicio al disponer un requisito de admisibilidad no previsto en la ley 20.720, siendo improcedente el análisis de dicho requisito en este estadio procesal. Así, la resolución recurrida de hecho infringe el principio de pasividad del artículo 10 del Código Orgánico de Tribunales, no existiendo disposición expresa que faculte al juez para examinar las personerías y si éstas cumplen con la ley 20.720. Así mismo, es contraria a derecho, por cuanto establece como apercibimiento tener por no presentada la verificación por aplicación del artículo 2º de la ley 18.120 o el artículo 4º de la ley 20.886. Conforme lo expuesto, pide se declare procedente la apelación subsidiaria interpuesta en contra de la resolución que altera la sustanciación regular del juicio. Segundo: Que, igualmente, el abogado individualizado recurrió de hecho en contra de resolución dictada con fecha 10 de

Fallo

se resuelve que: Se rechazan los recursos de hecho interpuestos por el abogado Bernardo Pinto Giroud en representación de Maquinarias Cruz del Sur SpA, en contra de las resoluciones de 17 de febrero y 10 de marzo de 2020, pronunciadas por Tercer Juzgado Civil de Santiago, en autos Rol C- C-34154-2019. Regístrese, comuníquese y archívese. N° Civil 2574-2020 (acumulada 3642-2020). En Santiago, veinticinco de octubre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinticinco de octubre de dos mil veintidós. Al escrito folio 24: a todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente. Primero: Que compareció Bernardo Pinto Giroud en representación de Maquinarias Cruz del Sur Spa, quien interpuso recurso de hecho en contra de resolución de 17 de febrero de 2020, dictada por 3º Juzgado Civil de Santiago, que negó lugar a apelación su

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