SIN INFORMACION

CANIBILO/SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL

Rol

Fecha

25 de octubre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece don Claudio Fernández Ramírez, abogado de la Corporación de Asistencia Judicial, en favor de don AUGUSTO ISAEL CANIBILO GONZÁLEZ, interponiendo recurso de protección en contra de la SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL (SUSESO). Expone que con fecha 22 de julio del año en curso, el actor tomó conocimiento de la Resolución Exenta N° R-01-UJU-97608-2022, de esa misma fecha, por medio del cual la recurrida se pronuncia rechazando el recurso de reclamación que don Augusto Canibilo interpuso en contra de la Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción, que calificó como de origen común las lesiones que presentó, y que fueron una consecuencia del accidente que sufrió el día 06 de diciembre. A fin de contextualizar los hechos, expone que el 06 de diciembre de 2021, cuando el actor se encontraba trabajando para la Constructora Valle de Elqui, sufrió una caída, al pisar un trozo de fierro impregnado con líquido desmoldante, resbalando y cayendo con todo el peso de su cuerpo sobre su brazo derecho extendido hacia arriba, lo que le generó un gran dolor en su hombro derecho. Su empleador lo derivó a la Mutual de Seguridad, donde se le tomó una radiografía para descartar alguna lesión ósea, indicándosele en ese momento que no tenía ninguna lesión a los huesos, otorgándosele 2 días de licencia. Como el dolor no cesaba, el día 09 de diciembre de 2021 don Augusto concurrió nuevamente a la Mutual donde se le realizó una ecografía que arrojó una rotura de ligamentos, luego se realizó una resonancia magnética, la que arrojó una rotura completa del tendón supraespinoso, lesión de gravedad, pero se le señala que tal lesión había sido calificada como de origen no laboral, por lo que se le derivó a su sistema de salud, negándosele la cobertura por el seguro contemplado en la Ley N° 16.744. Sostiene que aquello derivó en que don Augusto ha debido desembolsar de su propio bolsillo los medios económicos necesarios para obtener acceso a las prestaciones de salud necesarias para recuperar su salud y curar la lesión sufrida. Hace presente que el Sr. Canibilo se trató de su lesión en forma particular, y fue operado con fecha 06 de junio de 2022, dado que debía recuperar su salud a la brevedad para continuar trabajando, y además porque el dolor que padecía a diario era insoportable, por lo que no pudo esperar a obtener una respuesta del sistema ante las reclamaciones por él formuladas. Ahora bien, una vez conocida la decisión de la Mutual de Seguridad, en cuanto a calificar como de origen no laboral la lesión sufrida como consecuencia de su accidente en el trabajo, con fecha 21 de diciembre de 2021, se dedujo la correspondiente reclamación ante la Superintendencia de Seguridad Social, con la esperanza de que, con un mejor estudio de los antecedentes, se corrigiera el error de calificación de su lesión y que, no obstante, la recurrida el 22 de julio pasado, confirmó lo resuelto por la Mutual de Seguridad. Indica que la

Fallo

Por lo expuesto pide que se ordene a la recurrida dejar sin efecto la resolución que motiva el presente recurso, y en su lugar dictar una nueva resolución que acoja la reclamación deducida, y en consecuencia, se declare que la lesión que sufrió el actor es de origen laboral, o bien, disponiendo que la recurrida deberá realizar un nuevo y completo análisis de los antecedentes del caso y de todos los demás que se le presenten, a fin de verificar la causa de lesión y su posible origen laboral, como también cualquier otra medida que se considere necesario para restablecer el imperio del derecho y asegurar el debido resguardo y respeto a las garantías fundamentales del actor, con costas. Acompaña los siguientes documentos: 1) Copia Resolución Exenta N° R-01-UJU-97608-2022, de la Superintendencia de Seguridad Social, de fecha 22 de julio de 2022. 2) Informe resonancia magnética hombro derecho, de fecha 14 de diciembre de 2021; 3) Copia Resumen Formulario de Reclamo, de fecha 21 de diciembre de 2021. 4) Copia Hoja Historia Clínica de don Augusto Canibilo González. SEGUNDO: Que, evacuó informe SEBASTIÁN DE LA PUENTE HERVÉ, Abogado, en representación de la recurrida la SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL. Solicita, en primer lugar, se declare que la acción ha sido interpuesta de forma extemporánea. Indica que el actor recurre el 12 de diciembre de 2021 ante la SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL, reclamando del dictamen de la MUTUAL DE SEGURIDAD DE LA CÁMARA CHILENA DE LA CONSTR

Texto Completo (Preview)

Canibilo González, Augusto Isael Superintendencia de Seguridad Social Recurso de Protección Rol Nº 6009-2022 La Serena, veinticinco de octubre de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece don Claudio Fernández Ramírez, abogado de la Corporación de Asistencia Judicial, en favor de don AUGUSTO ISAEL CANIBILO GONZÁLEZ, interponiendo recurso de protección en contra de la SUPER

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica