SIN INFORMACION

PERNIA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES DE CHILE

Rol

Fecha

25 de octubre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparecen las abogadas doña Amy Álvarez Pizarro y doña María Gabriela Gómez, quienes deducen acción de protección en favor de don Eliezer Enrique Velásquez Torrealba, Ingeniero en Informática, venezolano, y de doña Vianca Bernabeth Pernia Ramírez, Ingeniero Industrial, venezolana, en contra del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Publica, representado legalmente por su titular, don Álvaro Bellolio Avaria, por haber incurrido éste en el acto ilegal y arbitrario consistente en omitir pronunciamiento respecto de sus solicitudes de carta de nacionalización, lo que vulnera la garantía establecida en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. . En cuanto a los antecedentes de hecho, señalan que los recurrentes -cónyuges- con fecha 30 de agosto del 2020, solicitaron carta de nacionalización, a través de la página web de trámites migratorios del Departamento de Extranjería y Migración. Agrega que, para cada gestión se generó un comprobante de envió asignándose a la solicitud del señor Velásquez el Nº5992364 y para la señora Pernia la solicitud Nº 9810128, procedimiento en el cual se les notificó que debían efectuar el pago de los derechos correspondientes a la solicitud, mediante correo electrónico de fechas 24 y 18 de mayo de 2021, respectivamente. Asevera que ambos recurrentes pagaron los derechos al día siguiente de la notificación, esto es, 19 y 25 de mayo de 2021, y desde esa fecha no han recibido notificación alguna por parte de la autoridad migratoria que demuestre avance en sus solicitudes de carta de nacionalización, apareciendo en los canales oficiales del Departamento de Extranjería y Migración, que fue aceptado el pago de derechos en mayo del 2021. Alega que la omisión en el pronunciamiento del correspondiente acto administrativo terminal dentro de los plazos legales, por parte del Departamento de Extranjería y Migración, es ilegal y arbitrari

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se rechaza la acción constitucional interpuesta, en favor de don Enrique Velásquez Torrealba y doña Vianca Bernabeth Pernia Ramírez, en contra del Departamento de Extranjería y Migración, hoy Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese. N° Protección-1761-2022. Pronunciada por la Novena Sala, presidida por la ministra señora Graciela Gómez Quitral, e integrada, además, por la ministra señora Paola Danai Hasbún Mancilla y el abogado iIntegrante señor Joel Arturo Gonzalez Castillo. En Santiago, veinticinco de octubre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinticinco de octubre de dos mil veintidós. A los folios 12 y 13: a todo, téngase presente. Al folio 14, téngase presente la ampliación de informe, VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparecen las abogadas doña Amy Álvarez Pizarro y doña María Gabriela Gómez, quienes deducen acción de protección en favor de don Eliezer Enrique Velásquez Torrealba, Ingeniero en

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