JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE BULNES

CARVALLO/MARTIN

Rol

Fecha

25 de octubre de 2022

Materia

MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186 y 227 del Código de Procedimiento Civil, se confirma, la resolución de cuatro de abril de dos mil veintidós que negó dar lugar a la tramitación de la demanda de designación de juez arbitro, y en consecuencia alzó la medida cautelar de prohibición de celebrar actos y contratos respecto del inmueble de propiedad de la demandada. En cuanto a la apelacion interpuesta en contra de la resolucion dictada en el cuaderno de medida prejudicial precautoria, con fecha catorce de marzo del actual, atendido el mérito de lo resuelto precedentemente, se omite pronunciamiento. En su oportunidad devuelvase. N°Civil-230-2022 acumulada a N° Civil-255-2022

Texto Completo (Preview)

C.A. de Chillán Mgab/rps Chillán, veinticinco de octubre de dos mil veintidós. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186 y 227 del Código de Procedimiento Civil, se confirma, la resolución de cuatro de abril de dos mil veintidós que negó dar lugar a la tramitación de la demanda de designación de juez arbitro, y en consecuencia alzó la medida cautelar de pro

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