SIN INFORMACION

FISCO / CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO/NOVENO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

Rol

Fecha

25 de octubre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto y teniendo presente Primero: Que comparece doña Ruth Israel López, abogada, e interpone recurso de hecho en contra de la resolución de fecha 22 de julio de 2021, que rechazó su apelación respecto de la resolución que negó lugar a su incidente de abandono de procedimiento, argumentando que la naturaleza de la resolución recurrida es una sentencia interlocutoria de primer grado, con independencia de la parte a quien favorezca la decisión. Agrega que la resolución recurrida contraviene el debido proceso consagrado en el artículo 19 numeral 3° de la Carta Fundamental y cita jurisprudencia que avala su postura. Segundo: Que, informando la magistrada Cecilia Eugenia Castro Hartard, señala que su decisión está ajustada a derecho pues al rechazar el abandono del procedimiento no estableció derechos permanentes en favor de las partes ni alteró la substanciación regular del juicio, por lo cual tiene la naturaleza jurídica de un auto, que conforme a lo dispuesto en el artículo 188 del Código de Procedimiento Civil, es inapelable. Tercero: Que la naturaleza jurídica de la resolución judicial que rechazó la solicitud de abandono de procedimiento es la de una sentencia interlocutoria, ya que falla un incidente estableciendo derechos permanentes en favor de la parte demandante, a saber, el de poder seguir adelante con la tramitación del proceso y, así las cosas, es apelable de conformidad a lo previsto en el artículo 187 del Código de Procedimiento Civil. Cuarto: Que en el escenario procesal descrito resultaba procedente, entonces, hacer lugar a la concesión del recurso de apelación interpuesto, por lo que deberá necesariamente hacerse lugar al presente recurso de hecho. Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil, se acoge el recurso de hecho interpuesto por la abogada Ruth Israel López, en contra de la resolución de fecha veintidós de julio de dos mil veintiuno, dictada por el noveno Juzgado Civil de Sa

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil, se acoge el recurso de hecho interpuesto por la abogada Ruth Israel López, en contra de la resolución de fecha veintidós de julio de dos mil veintiuno, dictada por el noveno Juzgado Civil de Santiago, en autos rol 17.981-2019, debiendo elevarse a esta Corte los antecedentes necesarios para el conocimiento del respectivo arbitrio, según estatuye el artículo 205 del citado cuerpo legal. Regístrese y comuníquese al noveno juzgado civil de Santiago. N°Civil-6525-2021.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinticinco de octubre de dos mil veintidós. Al escrito folio 8: a todo, téngase presente. Visto y teniendo presente Primero: Que comparece doña Ruth Israel López, abogada, e interpone recurso de hecho en contra de la resolución de fecha 22 de julio de 2021, que rechazó su apelación respecto de la resolución que negó lugar a su incidente de abandono de procedimiento, ar

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