SIN INFORMACION

RIVERA/ AFP CAPITAL

Rol

Fecha

26 de octubre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: No cumpliendo la presentación efectuada con los requisitos indicados en los artículos 1 y 2 del Autoacordado Sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, ni existiendo peticiones concretas que ameriten la intervención de esta judicatura a través de la presente acción cautelar de urgencia, desde que se denuncia un hecho, consistente en la rebaja de fondos de pensión, respecto del cual existen los medios idóneos para reclamar en otra sede en cuanto a los hechos mencionados y no habiendo aportado el recurrente mayores antecedentes que acrediten el supuesto acto u omisión arbitrario o ilegal que afecte las garantías consagradas y protegidas en la Constitución Política de la República, se declara INADMISIBLE el recurso de protección interpuesto por Juan Guillermo Rivera Flores en contra de Aseguradora de Fondos de Pensiones Capital S.A. Regístrese y comuníquese. Rol 24.754-2022 (PROTECCIÓN)

Fallo

Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, ni existiendo peticiones concretas que ameriten la intervención de esta judicatura a través de la presente acción cautelar de urgencia, desde que se denuncia un hecho, consistente en la rebaja de fondos de pensión, respecto del cual existen los medios idóneos para reclamar en otra sede en cuanto a los hechos mencionados y no habiendo aportado el recurrente mayores antecedentes que acrediten el supuesto acto u omisión arbitrario o ilegal que afecte las garantías consagradas y protegidas en la Constitución Política de la República, se declara INADMISIBLE el recurso de protección interpuesto por Juan Guillermo Rivera Flores en contra de Aseguradora de Fondos de Pensiones Capital S.A. Regístrese y comuníquese. Rol 24.754-2022 (PROTECCIÓN)

Texto Completo (Preview)

/xsa Antofagasta, a veintiséis de octubre de dos mil veintiuno. Vistos: No cumpliendo la presentación efectuada con los requisitos indicados en los artículos 1 y 2 del Autoacordado Sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, ni existiendo peticiones concretas que ameriten la intervención de esta judicatura a través de la presente acción cautelar de urgencia,

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