SIN INFORMACION

CORREA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

25 de octubre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS: Con fecha 19 de julio del presente año, comparece en abogado don Jorge Correa Fuentes en favor de JEAN ISMITH SYRIL, ciudadano haitiano, cédula nacional de identidad Nº 26.153.834-2, domiciliados para estos efectos en Avenida Nueva Einstein N° 290, oficina 612 y 613 Edificio Plaza América, comuna de Rancagua, deduciendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones por la omisión del acto terminal en el procedimiento de su solicitud de permanencia definitiva. Funda su recurso, en que el recurrente en razón de establecerse, trabajar y desarrollar un proyecto de vida en nuestra nación, decidió cambiar su condición migratoria, iniciando el proceso solicitud de permanencia definitiva con fecha 21 de agosto de 2021 sin perjuicio de lo cual, señala que no ha recibido ninguna respuesta por parte de la recurrida, y al verificar en el portal web de extranjería su solicitud de permanencia definitiva presenta un avance del 24%, situación que lo ha mantenido en una constante preocupación e incertidumbre. Finaliza solicitando que se acoja su acción y en virtud de ello, se ordene a la recurrida a que se pronuncie sobre la solicitud de permiso de residencia definitiva. Acompañan antecedentes en que se funda la presente acción. A folio N° 5 compareció el Servicio Nacional de Migraciones y en cuanto al informe requerido señala que la solicitud del recurrente se encuentra en tramitación, y desde el 8 de enero del presente año, en la etapa de estudio preliminar. Señala que la vía idónea para alegar una falta de respuesta de la administración es la figura del silencio administrativo y que la vía judicial ha vulnerado la garantía de la igualdad ante la ley de los demás solicitantes de permisos de permanencia. Destaca que al tener la recurrente acceso a un certificado de permanencia definitiva en trámite, su cédula de identidad se encuentra vigente y es también un documento suficiente para acreditar su situación migratoria regular y que en cuanto al p

Fallo

por tanto, la dilación de la recurrida en el pronunciamiento sobre la antes indicada solicitud, en este caso particular, debe ser calificada de ilegal y arbitraria porque vulnera la garantía de igualdad ante la ley consagrada en el artículo 19 N° 2 de la Carta Fundamental, en tanto importa una discriminación en contra de la recurrente en relación con el trato dispensado a otros interesados que, en situación jurídica equivalente, han podido tramitar debidamente sus solicitudes, obteniendo una respuesta formal en la que se contengan las razones conforme a las cuales la autoridad ha adoptado la decisión terminal pertinente. Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, y Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Protección, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de JEAN ISMITH SYRIL, cédula nacional de identidad Nº 26.153.834-2 en contra del Servicio Nacional de Migraciones, y en consecuencia, se dispone que este último deberá emitir el pronunciamiento que en derecho corresponda respecto de la solicitud de permanencia definitiva dentro del plazo de noventa días corridos, contados desde que esta sentencia se encuentre firme y ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol Ingreso Corte 11.207-2022 Protección. “Se deja constancia que esta sentencia no reúne los presupuestos para ser anonimizada de acuerdo a lo dis

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C.A. de Rancagua. Rancagua, veinticinco de octubre dos mil veintidós. VISTOS: Con fecha 19 de julio del presente año, comparece en abogado don Jorge Correa Fuentes en favor de JEAN ISMITH SYRIL, ciudadano haitiano, cédula nacional de identidad Nº 26.153.834-2, domiciliados para estos efectos en Avenida Nueva Einstein N° 290, oficina 612 y 613 Edificio Plaza América, comuna de Rancagua, deduciend

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