MILLA / COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL DE LA REGIÓN DE VALPARAÍSO
Rol
Fecha
25 de octubre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinticinco de octubre de dos mil veintidós. Vistos. Que se recurre de amparo en favor de César Cristobal Milla Estay y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, porque ilegalmente rechazó otorgarle la libertad condicional. Solicita acoger este arbitrio, dejar sin efecto la correspondiente resolución y conceder el referido beneficio, por reunirse la totalidad de los requisitos exigidos por el ordenamiento jurídico. En el libelo se precisa que el amparado, cumple condena de siete años de presidio mayor en grado mínimo como autor de un delito de tráfico de drogas, cuyo cumplimiento inició con fecha 17 de enero de 2018, con un día de abono, y tiene fecha de término de la misma para el día 16 de enero de 2025 y cumple el tiempo mínimo para ser postulado a la libertad condicional desde el 16 de septiembre de 2022, y, como lo informara Gendarmería de Chile a la H. Comisión de Libertad Condicional recurrida, el amparado reúne los requisitos de tiempo mínimo, escolaridad, trabajo y conducta exigidos por el D.L. 321 de 1925 para que se le conceda la libertad condicional, y, a nuestro juicio, cumple igualmente con los requisitos de características psicosociales exigidos para ello. Que la Comisión de Libertad Condicional informa el recurso y remite los antecedentes pertinentes del mismo. Por su parte, el Alcaide del Centro de Detención Preventiva de Petorca envía los antecedentes que constan en la carpeta de postulación del interno. Que se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y
Fundamentos
considerando: Que la resolución reclamada ha sido dictada por autoridad competente, en el uso de sus facultades y premunida de fundamentación suficiente, de suerte tal que no se advierte ninguna ilegalidad que permita acoger la acción de que se trata.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de César Cristobal Milla Estay, en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Martínez quien estuvo por acoger el presente recurso teniendo presente que la Comisión recurrida ha negado la libertad condicional al sentenciado pese a cumplir con todos los requisitos previstos en los artículos 2° y 3° del Decreto Ley N° 321, encontrándose además cumpliendo beneficios de salida al medio libre, con lo cual se ha privado al amparado de su derecho a recuperar, condicionalmente, su libertad ambulatoria. Regístrese, notifíquese, comuníquese y ejecutoriada, archívese. N° Amparo 1974-2022.-
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinticinco de octubre de dos mil veintidós. Vistos. Que se recurre de amparo en favor de César Cristobal Milla Estay y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, porque ilegalmente rechazó otorgarle la libertad condicional. Solicita acoger este arbitrio, dejar sin efecto la correspondiente resolución y conceder el referido beneficio, por reuni
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