INVERSIONES DALMACIA S.A./ASTORGA
Rol
Fecha
26 de octubre de 2022
Materia
OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que conforme a lo dispuesto en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual se declara inadmisible el recurso de apelación deducido con fecha catorce de septiembre de dos mil veintidós (cuaderno de incidente de nulidad de lo obrado), en contra de la resolución de fecha trece de septiembre del presente año. Comuníquese. N°Civil-15103-2022.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación deducido con fecha catorce de septiembre de dos mil veintidós (cuaderno de incidente de nulidad de lo obrado), en contra de la resolución de fecha trece de septiembre del presente año. Comuníquese. N°Civil-15103-2022.
Texto Completo (Preview)
chv C.A. de Santiago (Sala Tramitadora). Santiago, veintiséis de octubre de dos mil veintidós. Al folio N°3: Estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que conforme a lo dispuesto en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima
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