JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE QUELLON

MP C/ VICTOR VLADIMIR ARANCIBIA LEON

Rol

Fecha

24 de octubre de 2022

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos:  El mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en esta audiencia, teniendo presente que en este estadio procesal existen antecedentes suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y la participación que en aquellos se le atribuye al imputado. Y en cuanto a la necesidad de cautela teniendo en consideración que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la víctima, en atención al carácter de los ilícitos que se le atribuyen al imputado, su naturaleza en contexto de violencia intrafamiliar y la circunstancia de existir causas anteriores por delito de la misma naturaleza respecto de la misma víctima, incumpliendo medida cautelar vigente, se revoca la resolución en alzada de fecha 17 de octubre de 2022, dictada por don Pablo Farfan Kemp, Juez del Juzgado de Letras y Garantía de Quellón que no dispuso la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Víctor Vladimir Arancibia León y en su lugar se declara que se impone dicha cautelar respecto del imputado antes individualizado. Téngase por notificados a los intervinientes de lo resuelto en la presente audiencia, comuníquese al Tribunal a quo, utilizándose interconexión.  Devuélvase.  Rol Penal 758-2022

Fallo

se declara que se impone dicha cautelar respecto del imputado antes individualizado. Téngase por notificados a los intervinientes de lo resuelto en la presente audiencia, comuníquese al Tribunal a quo, utilizándose interconexión.  Devuélvase.  Rol Penal 758-2022

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, veinticuatro de octubre de dos mil veintidós.  Vistos:  El mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en esta audiencia, teniendo presente que en este estadio procesal existen antecedentes suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigado

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