BRICEÑO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
24 de octubre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA/COMUNICAR
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 14 de septiembre de 2022, comparece don Guillermo Andrés Tejeda Cristi, abogado, cédula de identidad N° 18.391.556-8, en favor de la parte recurrente, MARCOS DANIEL BRICEÑO BELLORIN, sexo masculino, fecha de nacimiento 19 de septiembre de 1997, de nacionalidad venezolana, cédula de identidad número 26.319.426-8, número de pasaporte 114672944, ambos domiciliados para estos efectos en Matadero 199, Constitución, Región del Maule, quien viene en interponer acción de protección en contra SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES (continuadora legal del Departamento de Extranjería y Migración), representada legalmente por su Director Nacional, don Luis Eduardo Thayer Correa, RUT N° 12.627.882-9, ambos domiciliados para estos efectos en la comuna de Santiago, calle San Antonio N° 580, piso 3, Región Metropolitana, por su omisión ilegal y arbitraria en cuanto a pronunciarse sobre la solicitud de Permanencia Definitiva, efectuada por la parte recurrente el día 21 de noviembre de 2021. Refiere que, en tiempo y forma solicitó su permanencia definitiva, sin embargo, la página web de la autoridad recurrida informa que, actualmente, el trámite migratorio iniciado por la parte recurrente presenta un 11% de avance y se encuentra en etapa de “inicio del trámite”. Dice que, no obstante el largo tiempo transcurrido – casi un año desde la solicitud original que señala la persona recurrente-, al día de hoy la Permanencia Definitiva no ha sido concedida, pese a que, según la persona amparada, cumple con todos los requisitos para ello. Expresa que la parte recurrente no cuenta con un visado vigente que le permita desarrollar su vida como constitucionalmente tiene derecho, siendo que han transcurrido largamente los plazos legales en los que debió haberlo obtenido. Agrega que, se produce particular menoscabo no contar con un documento formal que permita acreditar la residencia regular en el país, ya que se expone a la parte recurrente a otros escenarios más lesivos aún; en este sentido, toma particular relevancia que su cédula de identidad se encuentra vencida, lo que constituye un trato gravemente pernicioso en cuanto la desigualdad que imprime, además de los riesgos que ello supone. Expresa que, esos hechos irrogan otros severos perjuicios; además de la sensación de inseguridad, desigualdad e injusticia por ser tratado como si perteneciese a una categoría jurídicamente inferior, se debe sumar que no contar con documentos que den cuenta de su condición regular en el país - especialmente su cédula de identidad- es una condición que da pie a una serie de discriminaciones a todo nivel, por ejemplo, con entidades bancarias, educacionales, municipales, de telecomunicaciones, FONASA, Cajas de Compensación, arrendadores y empleadores, que exigen la existencia de una cédula de identidad vigente (o número de serie vigente) para proceder a la celebración de negocios jurídicos. Se podría llegar al extremo, de que la parte recurrente podría ser in
Fallo
Por estas consideraciones, lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República, Decreto Supremo número 587, Decreto Ley 1093, Ley 19.880 y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación de Recursos de Protección de Garantías Constitucionales SE ACOGE, sin costas, el recurso de protección deducido por don Guillermo Andrés Tejeda Cristi, abogado, en favor de don MARCOS DANIEL BRICEÑO BELLORIN, en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, disponiendo que dentro de un plazo máximo de sesenta días corridos a contar de que el presente fallo quede ejecutoriado, deberá pronunciarse respecto de la solicitud de permanencia definitiva planteada por la recurrente, conforme a la normativa legal. Regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol N° 8351-2022/Protección.
Texto Completo (Preview)
Talca, veinticuatro de octubre de dos mil veintidós. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 14 de septiembre de 2022, comparece don Guillermo Andrés Tejeda Cristi, abogado, cédula de identidad N° 18.391.556-8, en favor de la parte recurrente, MARCOS DANIEL BRICEÑO BELLORIN, sexo masculino, fecha de nacimiento 19 de septiembre de 1997, de nacionalidad venezolana, cédula de identidad número
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