CARLOS DE MOURA SOUZA / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES.
Rol
Fecha
24 de octubre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Carlos Quiroga Hinojosa, quien deduce acción constitucional de protección en favor de Carlos Henrique De Moura Souza, nacional de Brasil, domiciliado en Carlos Walker Martínez N°6100, oficina 71 F, San Miguel, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, legalmente representado por Luis Thayer Correa, domiciliado en San Antonio N°580, piso 6, Santiago, con motivo de la omisión, que estima ilegal y arbitraria, de habilitación para el pago de los derechos asociados a la visa temporaria solicitada y, consigo, de digitalización del estampado electrónico, vulnerando el principio de igualdad ante la ley y el debido proceso, consagrados en el artículo 19 N° 2 y 3 de la Constitución Política de la República. Explica que el recurrente el 29 de diciembre de 2020 presentó una solicitud de visa temporaria, respecto de la cual el 22 de diciembre del siguiente año se le informó que se encontraba otorgada y que debía pagar los derechos para poder descargar el estampado electrónico respectivo. Indica que, a la fecha de interposición del recurso, pese a los reclamos y solicitudes de información, no ha habido respuesta en cuanto a la habilitación del pago necesario para que el estampado electrónico de la visa temporaria que le fue otorgada sea descargado. Advierte que debido a la omisión arbitraria e ilegal por parte de la autoridad migratoria, se ha visto afectado el principio de igualdad y el debido proceso respecto del recurrente, consagrados en el artículo 19 N° 2 y 3 de la Constitución Política de la República, en concordancia con los principios de celeridad y de economía procedimental que informan el actuar de los órganos de la administración del Estado, desde que se ha excedido el plazo de seis meses, establecido en el artículo 27 de la Ley N° 19.880. Pide, en definitiva, se ordene a la recurrida poner a disposición del recurrente, sin más demora, el pago y el estampado electrónico de la solicitud de residenc
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido a favor de Carlos Henrique De Moura Souza, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber perdido oportunidad. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°21.265 – 2022 Protección
Texto Completo (Preview)
Certifico que se anunció y alegó en contra del recurso la abogada doña Paula Díaz Miranda y que la vista de la causa se inició a las ….y finalizó a las …horas. En San Miguel, a 24 de octubre de 2022, Nicole Bustos Maúlen, relatora. San Miguel, veinticuatro de octubre de dos mil veintidós. A los escritos folios 7, 8: a todo, téngase presente. Al escrito folio 10: estese a lo que se resolverá. V
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