SIN INFORMACION

BERNAL / COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL DE LA REGIÓN DE VALPARAÍSO

Rol

Fecha

24 de octubre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Que se recurre de amparo en favor de Marcelo Antonio Bernal Zepeda y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, porque ilegalmente rechazó otorgarle la libertad condicional. Solicita acoger este arbitrio, dejar sin efecto la correspondiente resolución y conceder el referido beneficio, por reunirse la totalidad de los requisitos exigidos por el ordenamiento jurídico. En el libelo se precisa que el amparado, de 33 años de edad y sin beneficios intrapenitenciarios, cumple diversas penas, a saber: tres años y un día por el delito de porte de arma de fuego, más quinientos cuarenta y un días por porte de municiones; cuarenta y un días por lesiones menos grave y asimismo cuarenta y un días por violencia intrafamiliar. Añade que inició su cumplimiento el 1 de abril de 2021 y tiene fecha de término para el 27 de septiembre de 2024, registrando el tiempo mínimo el 23 de mayo de 2022, con 445 días de abono. Que la Comisión de Libertad Condicional informa el recurso y remite los antecedentes pertinentes al mismo. Por su parte, el Alcaide del Centro de Detención Preventiva de Quillota envía los antecedentes que constan en la carpeta de postulación del interno. Que se trajeron los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que, lo que se cuestiona por esta vía es la legalidad de la Resolución N° 1480 de 13 de octubre de 2022, por medio de la cual la Comisión recurrida rechazó el beneficio de la libertad condicional al amparado. Segundo: Que lo resuelto por la Comisión de Libertad Condicional no es ilegal, pues se encuentra facultada para conceder o denegar el beneficio por el artículo 5° del Decreto Ley N° 321 de 1925, cuya redacción actual fue introducida por la Ley N°21.124, publicada en el Diario Oficial con fecha 18 de enero de 2019. Tercero: Que, además, se debe tener presente que en la especie, la decisión de la Comisión recurrida se encuentra debidamente fundada en los antecedentes proporcionados por Gendarmería de Chile, toda vez que del informe de postulación sicosocial se advierte que el amparado presenta riesgo de reincidencia medio, se encuentra en etapa de contemplación y mantiene necesidades de intervención en actitud procriminal, resolución de conflictos, manejo de la ira. Añade que el interno niega su responsabilidad en el delito. Cuarto: Que, en tal sentido, la Comisión recurrida al obrar en el ámbito de su competencia y con antecedentes suficientes para denegar el beneficio impetrado, no ha incurrido en un actuar ilegal, lo que conduce a desestimar el presente recuro.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de Marcelo Antonio Bernal Zepeda, en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Regístrese, notifíquese, comuníquese y ejecutoriada, archívese. N°Amparo-1912-2022.

Texto Completo (Preview)

I.C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinticuatro de octubre de dos mil veintidós. VISTOS: Que se recurre de amparo en favor de Marcelo Antonio Bernal Zepeda y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, porque ilegalmente rechazó otorgarle la libertad condicional. Solicita acoger este arbitrio, dejar sin efecto la correspondiente resolución y conceder el referido beneficio, por re

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