1º JUZGADO DE LETRAS DE LINARES

/CONTRERAS

Rol

Fecha

24 de octubre de 2022

Materia

LIQUIDACIÓN VOLUNTARIA PERSONA NATURAL

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando: Atendido lo dispuesto en el inciso 2° del artículo 8 de la Ley N°20.720 y teniendo en consideración el carácter especial de la ley N°20.027, en relación con el crédito destinado al financiamiento de estudios de educación superior con garantía estatal, cuya exclusión se pretende por el banco recurrente, se estima que la especialidad del segundo cuerpo legal debe primar por sobre la aplicación del primero, a lo que se agrega, que no es relevante la oportunidad en que se solicite la exclusión, pues ésta emana de la propia disposición de la ley, por lo que de conformidad a lo dispuesto en los artículos 145 y 186 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA la resolución de 15 de septiembre de 2021 dictada en causa Rol C-2277-2019 del Primer Juzgado de Letras de Linares y, en consecuencia, se excluye del procedimiento de liquidación voluntaria de autos el crédito para estudios superiores con garantía estatal, según ley 20.027, suscrito por el solicitante a la orden del Banco Scotiabank. Devuélvase. Redactado por el Ministro don Gerardo Bernales Rojas. N°Civil-882-2021. En Talca, veinticuatro de octubre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Talca Talca, veinticuatro de octubre de dos mil veintidós. Visto y considerando: Atendido lo dispuesto en el inciso 2° del artículo 8 de la Ley N°20.720 y teniendo en consideración el carácter especial de la ley N°20.027, en relación con el crédito destinado al financiamiento de estudios de educación superior con garantía estatal, cuya exclusión se pretende por el banco recurrente, se esti

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