HINSTZ/MUNICIPALIDAD DE CHOLCHOL
Rol
C-11-2020
Fecha
14 de abril de 2021
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1°) Que con fecha 05 de abril de 2021, la ejecutada dedujo incidente de objeción de costas personales reguladas por resolución de data 01 de abril de 2021, en la suma de $ 1.500.000, arguyendo que la extensión del proceso es un hecho no imputable a su parte y, por ende, no correspondería que se considere este elemento a la hora de fijarlas, añadiendo que el monto aludido es desproporcionado y equivale al recargo legal establecido para el despido injustificado, lo que constituye una doble condena en consideración a la actividad desplegada por la ejecutante, solicitando se tengan por objetadas las costas, solicitando su rebaja a la suma de $ 150.000, o a la suma que fije el tribunal. 2°) Que evacuando el traslado conferido, la ejecutante pidió el rechazo de la objeción de costas formulada por la ejecutada, argumentando que se debe tener en especial consideración que la causa RIT Nº T-2-2019, que da origen a la presente de cumplimiento, se inició con fecha 16 de febrero de 2019, cuya sentencia se dictó con data 29 de mayo de 2019, es decir, aproximadamente hace dos años a la fecha. Acto seguido, refirió, que con fecha 10 de junio de 2019, el ejecutado recurrió de nulidad ante la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Temuco, recurso que con fecha 14 de noviembre de 2019, fue declarado como abandonado por incomparecencia del abogado de la ejecutada, el cual pidió la nulidad de esta resolución, petición desestimada con data 09 de diciembre de 2019, luego de lo cual apeló de esta última resolución para ante la Excelentísima Corte de Apelaciones, la que rechazó su apelación con data 13 de marzo de 2020. Agrega que la ejecutada dedujo requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad con fecha 03 de marzo de 2020, el que rechazado, ordenándose el cúmplase por este tribunal con data 27 de octubre de 2020, dándose inicio a la presente causa de cumplimiento de sentencia con fecha 29 de diciembre de 2020, requiriéndose de pago a la ejecutada c
Fallo
se resuelve: Que se rechaza la objeción de costas formulada por la ejecutada con fecha 05 de abril de 2021.- RIT: C-11-2020 RUC: 19-4-0167755-3 Proveyó Luis Emilio Soto Mendez Juez del Juzgado de Letras de Nueva Imperial, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Nueva Imperial a catorce de abril de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución precedente. 2021-04-14T13:40:54-0400
Texto Completo (Preview)
Nueva Imperial, catorce de abril de dos mil veintiuno. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1°) Que con fecha 05 de abril de 2021, la ejecutada dedujo incidente de objeción de costas personales reguladas por resolución de data 01 de abril de 2021, en la suma de $ 1.500.000, arguyendo que la extensión del proceso es un hecho no imputable a su parte y, por ende, no correspondería que se considere este eleme
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