FLEISCHMANN/GONZÁLEZ
Rol
Fecha
25 de octubre de 2022
Materia
ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que atendido lo dispuesto en el artículo 8° numeral 9 de la Ley N° 18.101, en los juicios de arrendamiento sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia y las resoluciones que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, naturaleza jurídica que no reviste la providencia que se impugna por esta vía. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandado, el veintidós de septiembre del año en curso, en contra de lo pertinente de la resolución dictada el quince del mismo mes y año. Regístrese y devuélvase, vía interconexión. N°Civil-15002-2022.mst
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandado, el veintidós de septiembre del año en curso, en contra de lo pertinente de la resolución dictada el quince del mismo mes y año. Regístrese y devuélvase, vía interconexión. N°Civil-15002-2022.mst
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago (Sala Tramitadora) Santiago, veinticinco de octubre de dos mil veintidós. Al folio N° 3: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que atendido lo dispuesto en el artículo 8° numeral 9 de la Ley N° 18.101, en los juicios de arrendamiento sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia y las resoluciones que pongan término al juicio o hagan impos
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