SIN INFORMACION

TAPIA/SALAZAR Y OTROS

Rol

Fecha

21 de octubre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que ha comparecido don Cristian Tapia Ugalde interponiendo una acción constitucional de protección en contra de doña Sandra Saldaño Ortiz, de don Manuel Escobar Sánchez y de don Yuri Salazar Garrido. Indicó ser vecino del pasaje Di Giovo de la Villa San Marino de la comuna de Coquimbo y que desde la construcción de ésta última ha existido un área verde colindante entre el pasaje Di Giovo con la calle Los Huertos, con un paso peatonal el que es utilizado por diversos vecinos y por él junto a su grupo familiar para la salida e ingreso a su vivienda, a la Villa y a la calle Los Huertos. Que los recurridos, sin derecho a hacerlo, el día 02 de julio de 2022, cerraron el acceso junto a otras personas, mediante una cerca de malla metálica galvanizada y de madera, cortando absolutamente el libre tránsito tanto para acceder al pasaje Di Giovo como para acceder a calle Los Huertos; lo cual califica de un cierre ilegal al haberse bloqueado un área verde. Que los recurridos aducirían que “su seguridad era más importante que el Imperio del Derecho y que las autoridades ya estaban al tanto de la situación”, haciendo mención a la I. Municipalidad de Coquimbo, manifestando que dicha entidad no se ha pronunciado en relación a dicho cierre. Indicó que se trata de un acto arbitrario e ilegal al haberse cerrado un área verde, dividiendo ésta, con contar con una autorización legal que le serva de justificativo. Plantea que el acto amenaza el derecho a la vida y a la integridad física y síquica de las personas, al derecho de propiedad y a la igualdad ante la ley. Finalizó su presentación requiriendo que los recurridos deban abstenerse de cerrar las areas verdes que unen el pasaje Di Giovo con la calle Los Huertos de la Villa San Marino de la comuna de Coquimbo, o abrirla en el caso de que las hayan cerrado, autorizando al recurrente a hacerlo por su cuenta en caso de negativa de los recurridos; a costo de éstos y, además, inhibirse en lo sucesiv

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se declara: Que SE ACOGE, sin costas, la acción constitucional de protección interpuesta por don Cristian Tapia Ugalde en contra de doña Sandra Saldaño Ortiz, de don Manuel Escobar Sánchez y de don Yuri Salazar Garrido, disponiéndose que se debe proceder al inmediato retiro del cierre de malla metálica galvanizada y de madera instalada en la plaza – o plazoleta- emplazada en Avenida Los Huertos con pasaje Di Giovo, de la Villa San Marino de la comuna de Coquimbo; sin perjuicio de los legítimos requerimientos de cierre ante la entidad pública que corresponda u otras peticiones ante las autoridades estatales en relación a la situación de inseguridad expuesta por los informantes. Redacción a cargo del Abogado Integrante don Fernando Roco Pinto. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol No 5069-2022 Protección.

Texto Completo (Preview)

Tapia Ugalde, Cristian Salazar Garrido, Yuri y otros Recurso de Protección Rol Protección 5069-2022. La Serena, veintiuno de octubre de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que ha comparecido don Cristian Tapia Ugalde interponiendo una acción constitucional de protección en contra de doña Sandra Saldaño Ortiz, de don Manuel Escobar Sánchez y de don Yuri Salazar Garrido. Indic

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