JUZGADO DE GARANTIA DE PUERTO VARAS

MP C/ ROBINSON SIGIFREDO GONZALEZ PINONANCO

Rol

Fecha

21 de octubre de 2022

Materia

HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: 1º) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa, en contra de la resolución del Juzgado de Garantía de Puerto Varas, que decretó la medida cautelar de internación provisional respecto del imputado. 2º) Que, del mérito de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, se desprende que en este estadio procesal, existen elementos de convicción suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y aquellos tendientes a presumir fundadamente la participación que en ellos se le atribuye al encartado, sin perjuicio de la suspensión provisional del procedimiento y su eventual continuidad de conformidad a las reglas de los artículos 458 y siguientes del Código Procesal Penal. 3°) Que, respecto de la necesidad de cautela especial prevista en el artículo 464 del cuerpo normativo ya referido, ésta sólo se ve satisfecha con la internación provisional del imputado, estimándose insuficiente la aplicación de otras medidas cautelares para el eventual resultado del procedimiento y para la seguridad del propio encartado, así como de terceras personas, teniendo especialmente para ello los antecedentes médicos que obran en la ficha clínica. Por estos fundamentos y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140, 155, 370, 458 y 464 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución en alzada de catorce de octubre del año en curso, dictada por doña Ximena Bertin Pugin, Jueza del Juzgado de Garantía de Puerto Varas, que decretó la medida cautelar de internación provisional respecto del imputado Robinson Sigifredo Gonzalez Pinoñaco. Devuélvase. Rol Penal 755-2022

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Puerto Montt, veintiuno de octubre de dos mil veintidós. Vistos y considerando: 1º) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa, en contra de la resolución del Juzgado de Garantía de Puerto Varas, que decretó la medida cautelar de internación provisional respecto del imputado. 2º) Que, del mérito de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, se

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