RECURSO DE AMPARO INTERPUESTO EN FAVOR DE MICHEL CORTES BARAHONA C/JUEZ DEL JUZGADO DE GARANTIA DE OVALLE SR. LUIS MUÑOZ CAAMAÑO
Rol
Fecha
20 de octubre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Hugo Patricio Lagunas Gallardo, abogado de la defensoría penal pública, interponiendo acción constitucional de amparo en favor de Michael Tomas Cortés Barahona, cédula nacional de identidad N°18.687.997-K, actualmente recluido en el Complejo Penitenciario de La Serena, y en contra del Juzgado de Garantía de Ovalle, por haber autorizado el traslado del amparado desde el C.D.P. Ovalle hacia el recinto en que se encuentra actualmente. Expone que el 24 de septiembre del año en curso el amparado fue formalizado por tres delitos de robo con violencia, un delito de robo con intimidación, un delito de robo calificado, un delito de disparos injustificados en la vía pública y un delito de posesión o tenencia de arma de fuego, decretándose a su respecto la medida cautelar de prisión preventiva, la que sería cumplida en el C.D.P. de Ovalle. Indica que el 06 de octubre el alcaide del C.D.P. Ovalle solicitó el traslado del interno al Complejo Penitenciario de La Serena debido a que se habría recibido información relativa a que un grupo de internos, entre ellos el amparado, estarían organizando una fuga del C.D.P. Señala que el 13 de octubre de 2022 se lleva a efecto audiencia para discutir el traslado del amparado al C.P. de La Serena, oportunidad en que la defensa se opone atendido que el cambio de recinto dificultaría el contacto entre imputado y defensa -puesto el centro al que sería trasladado solo permite una entrevista mensual con los abogados defensores- y restringiría, además, las posibilidades de ser visitado por su familia. Afirma que el Juez que dirigió la audiencia resolvió acceder al traslado teniendo presente el comportamiento del amparado y la posible comisión por parte de este de un ilícito de amenazas en contra de un funcionario de Gendarmería de Chile. Cuestiona que el Juez solo haya dispuesto el traslado del amparado en tanto decidió mantener en el C.D.P. Ovalle a los otros dos internos acusados de organizar la fuga, y estima improcedente fundar la decisión en la posible comisión de un delito que no ha sido comprobado. Previas citas de derecho solicita acoger la acción intentada y, en definitiva, declarar que el traslado autorizado es ilegal y arbitrario, y ordenar la permanencia del amparado en el CDP Ovalle. SEGUNDO: Que, evacuo informe el Sr. Juez de Garantía de Ovalle, Luis Muñoz Caamaño, indicando que la audiencia de trece de octubre en curso se llevó a cabo con la comparecencia del Fiscal del Ministerio Público Herbert Rohde Iturra, el Defensor Penal Público Licitado señor Marco Antonio Jurin Raquela, la abogada de Gendarmería de Chile señora Jessica Vargas Gallardo, y el imputado Michael Tomás Cortés Barahona. Agrega que, en esa oportunidad, la abogada de Gendarmería de Chile solicitó autorización para trasladar a amparado y otros internos al C.P. La Serena, accediendo ese Juez únicamente al traslado del amparado. Sostiene que la principal motivación del juez para esa decisión consistió en “lo
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Cortes Barahona, Michael Tomás Juzgado de Garantía de Ovalle Recurso de Amparo Rol N° 393-2022.- La Serena, veinte de octubre de dos mil veintidós. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Hugo Patricio Lagunas Gallardo, abogado de la defensoría penal pública, interponiendo acción constitucional de amparo en favor de Michael Tomas Cortés Barahona, cédula nacional de identidad N°18.687.997-K,
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