ROA/COMITÉ DE DESARROLLO PRODUCTIVO REGIONAL DEL BÍO BÍO DE LA CORPORACIÓN DE FOMENTO DE LA PRODUCCI
Rol
J-36-2021
Fecha
8 de abril de 2021
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: 1º Que, con fecha 4 de marzo de 2021, se interpone demanda ejecutiva por doña EVA ANDREA ROA LOPEZ, a través de los abogados Alex Andrés Ferrada Cisternas y Rodolfo Luis Aravena Beltrán, en contra del COMITÉ DE DESARROLLO PRODUCTIVO REGIONAL DEL BÍO BÍO DE LA CORPORACIÓN DE FOMENTO DE LA PRODUCCIÓN (CORFO), representada por doña Macarena Vera Messer. 2º Que, el título ejecutivo fundante corresponde a carta comunicación de término de contrato de trabajo, fechada el 6 de enero de 2021, en la cual se invoca como causal de despido, la establecida en el inciso 1° del artículo 161 del Código del Trabajo, esto es, la de “necesidades de la empresa”. 3º Que, en el primer otrosí de la demanda, de conformidad a la letra a) del artículo 169 del Código del Trabajo, solicita se condene a la ejecutada a pagar un incremento de hasta un 150% de las indemnizaciones que demanda, con costas, toda vez que de acuerdo al título ejecutivo invocado, a la fecha, pese a los requerimientos y habiendo transcurrido con creces el plazo legal de diez hábiles, la ejecutada no ha pagado la suma que adeuda, simplemente porque no ha querido y habiendo formulado una oferta pura o simple e irrevocable debió cumplirla y pagar, en igual forma que lo hacía con las remuneraciones o por consignación, ocasionándole a su parte sendos perjuicios, quien actualmente se encuentra cesante, agobiada por las deudas y por los gastos de vida de su familia, perjuicios que necesariamente deben resarcirse integralmente con el incremento demandado. 4º Que, con fecha 31 de marzo de 2021, se notifica de la demanda ejecutiva y del mandamiento, a la representante de la ejecutada, siendo requerida de pago en rebeldía, al día siguiente. 5º Que, la ejecutada con fecha 6 de abril de 2021, evacuó el traslado conferido de la incidencia, solicitando su rechazo, en base a las siguientes consideraciones: a) La notificación de la desvinculación a la ex trabajadora al realizarse carta certificada enviada a su domicilio, fue r
Fallo
fallo de la Excma. Corte Suprema, pronunciado en causa Rol N°2.063-2002, de 26.08.2002). 10º. Que, reflexión aparte merecen las alegaciones sobre la tardanza en el pago, atendida la mecánica de pago de un Servicio Público, puesto que los conceptos comprometidos por decisión unilateral del ex empleador deben quedar claramente establecidos en el aviso o comunicación de despido, que como acto unilateral debe mirarse con especial reserva frente al principio de estabilidad en el empleo y por ende, si existen descuentos a lo ofrecido, deben quedar perfectamente definidos en la comunicación y no sujetos a lo que se determinará en el finiquito o en un anexo a éste, en una especie de compensación, pues ello implica supeditar lo ofrecido a una condición posterior, lo que coloca al trabajador en un plano de incerteza y desnaturaliza la calidad de título ejecutivo de la comunicación de despido, pues la asimetría de las partes pervive a la extinción de la relación laboral. 12º.- Que, por último, huelga señalar que la restante probanza allegada al proceso, no analizada pormenorizadamente, en nada altera lo concluido, conforme a lo razonado. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto, artículos 63 bis, 161, 162, 169 y 468 del Código del Trabajo, se resuelve: Ha lugar al incremento solicitado, el que se fija prudencialmente, atendido el tiempo transcurrido desde la desvinculación y el requerimiento de pago, en un 60%, respecto de la indemnización por falta de aviso previo y por años de s
Texto Completo (Preview)
JUZGADO DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL DE CONCEPCION PODER JUDICIAL CHILE Concepción, ocho de abril de dos mil veintiuno VISTOS: 1º Que, con fecha 4 de marzo de 2021, se interpone demanda ejecutiva por doña EVA ANDREA ROA LOPEZ, a través de los abogados Alex Andrés Ferrada Cisternas y Rodolfo Luis Aravena Beltrán, en contra del COMITÉ DE DESARROLLO PRODUCTIVO REGIONAL DEL BÍO BÍO DE LA CORPORAC
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica