SIN INFORMACION

MIGUEL ALFREDO GUTIERREZ/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

21 de octubre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado don Alejandro Espinoza Espinoza en favor del ciudadano venezolano Miguel Alfredo Gutiérrez, domiciliado en Avenida Tomé 777, La Granja, para recurrir de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por don Luis Thayer Correa, domiciliados en San Antonio 580, 6º piso, Santiago, por la orden de abandonar el país, dispuesta mediante resolución exenta N°133795 de 21 de octubre de 2021, que rechazó la permanencia definitiva solicitada el 24 de abril de 2019, debido a que fue condenado el 5 de marzo de 2020 por el Juzgado de Garantía de Concepción a cumplir 61 días de presidio menor en su grado mínimo y 1/3 de UTM en la causa RIT N°11.597-2019, como autor de delito consumado de receptación. Sostiene que se vulneró el debido proceso y el principio non bis in idem en su perjuicio, pues la resolución lo sanciona sin emplazamiento suyo y por el mismo hecho ya penado. Invoca, además, su arraigo familiar y social en Chile, pues vive junto a su mujer e hijos desde 2018. Alega que se afectan sus derechos tutelados en el artículo 19 N°7 del texto fundamental y pide que se ordene a la entidad recurrida dejar sin efecto dicha resolución a fin de continuar con la substanciación del procedimiento administrativo iniciado por su solicitud de permanencia definitiva. Segundo: Que la abogada doña Paula Díaz Miranda por el Servicio Nacional de Migraciones informa y refiere los antecedentes administrativos que autorizaron la permanencia regular en Chile de la persona por quien se recurre. Destaca el fundamento del acto denunciado, en cuanto consigna la condena por la que se resolvió rechazar la permanencia definitiva solicitada por el recurrente y ordenarle que su abandono del país dentro de 72 horas. Hace presente que conforme a lo establecido en los artículos 41, 64 y 67 del Decreto Ley N°1.094 o Ley de extranjería, el acto impugnado por esta vía se ajustó a las competencias de ejercicio dispuestas de ma

Fallo

Por estas consideraciones, lo dispuesto en los artículos 19 N°7 y 21 de la Constitución Política de la República y en el auto acordado sobre tramitación del recurso de amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor del ciudadano venezolano Miguel Alfredo Gutiérrez. Regístrese y archívese en su oportunidad. N°675-2022 Amparo.

Texto Completo (Preview)

Alegó, previo anuncio y relación pública, el abogado don Julián Salviat Silva contra el recurso. La vista de la causa inició a las 10:08 horas y terminó a las 10:15 horas. San Miguel, veintiuno de octubre de dos mil veintidós. Cristián Alcántara Mödinger, relator. San Miguel, veintiuno de octubre de dos mil veintidós. A folios 13, 14 y 16: A todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: P

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