/GENDARMERIA DE CHILE
Rol
Fecha
20 de octubre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y teniendo presente: 1.- Pamela González Vásquez, abogada, por el condenado Miguel Cristóbal Pardo Ávila, actualmente privado de libertad en el Complejo Penitenciario de Valdivia, recurre de amparo en contra de Gendarmería de Chile, con ocasión de la sanción de doce días de privación de visitas, aplicada a su representado a través del ordinario 2962 de 7 de julio pasado, por resistir activamente al cumplimiento de una orden de un funcionario, resolución que constituiría una vulneración a su derecho a la libertad personal. Señala que tal sanción fue impuesta con el único fundamento de las declaraciones del funcionario denunciante, sin ninguna otra corroboración probatoria, y que los hechos que constituyen la falta son desmentidos en la versión de su representado. Sostiene que, por esta razón, la sanción sería arbitraria y constituiría una vulneración a la libertad personal del condenado, quien, producto de aquélla, ha visto frustrada la posibilidad de obtener conducta intachable para postular al beneficio de la libertad condicional. 2.-Gendarmería de Chile, por su parte, acompañó las copias de los antecedentes del procedimiento sancionatorio, que incluyen, entre otros, la denuncia del respectivo funcionario y las actas en que consta la negativa del condenado a declarar, limitándose a no asumir responsabilidad por los hechos denunciados. 3.-De dicha documentación, así como de la acompañada en el recurso, puede colegirse, que Gendarmería solicitó la autorización al respectivo tribunal de garantía, la que este otorgó, el 8 de julio de 2022. 4.-Así las cosas, habiendo transcurrido más de tres meses desde la imposición de la sanción que se reclama en el amparo y no habiéndose impugnado ésta ante el tribunal que la autorizó, ya sea mediante la interposición de recursos ordinarios o de la cautela de garantías contemplada en el artículo 10 del Código Procesal Penal, sólo cabe concluir que el sancionado se conformó con dicha decisión y que no existe una vulneración
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo establecido en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, SE RECHAZA, el recurso de amparo deducido en favor de Miguel Cristóbal Pardo Ávila. Redacción del Ministro Sr. Samuel Muñoz Weisz. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-234-2022. En Valdivia, veinte de octubre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valdivia Valdivia, veinte de octubre de dos mil veintidós. Visto y teniendo presente: 1.- Pamela González Vásquez, abogada, por el condenado Miguel Cristóbal Pardo Ávila, actualmente privado de libertad en el Complejo Penitenciario de Valdivia, recurre de amparo en contra de Gendarmería de Chile, con ocasión de la sanción de doce días de privación de visitas, aplicada a su representado a
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