SIN INFORMACION

AMPARADO: RAUL EDUARDO SOTO SANCHEZ. RECURRIDO: COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL DE LA ILMA CORTE DE APELACIONES DE CONCEPCION

Rol

Fecha

20 de octubre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDO

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Hechos

VISTO: En folio 1 de estos antecedentes Rol Corte 456-2022 comparece deduciendo recurso de amparo la abogada Cecilia Paz Orlandini Retamal, cédula nacional de identidad número 10.045.975-2, domiciliada en Freire N°888, departamento 401, en Concepción, en favor del condenado Raúl Eduardo Soto Sánchez, cédula nacional de identidad número 16.515.627-7, quien actualmente cumple condena en el Centro Cumplimiento Penitenciario del Biobío. Dirige la acción constitucional en contra de la Comisión de Libertad Condicional que sesionó el segundo semestre de este año 2022, por haber expedido la resolución N°52-2022, de 12 de octubre de 2022, que por unanimidad rechazó otorgar la libertad condicional al amparado, sin ajustarse a la normativa legal vigente. En la aludida resolución N°52-2022 la Comisión consignó como prolegómeno al listado de los rechazos que “sin perjuicio que de los informes psicosociales podrían extraerse aspectos positivos en la evolución o características personales de cada interno, se ha estimado que ellos tienen un estándar inferior a los elementos psicosociales que obsta a la concesión del beneficio: Art. 2 Nº 3) del D. Ley 321 de 1925”. Luego, en el N°80 dedicado al fundamento específico de rechazo respecto del amparado, estableció: “Por cuanto el interno presenta conciencia de delito parcial,

Fundamentos

considerando que reconoce su implicancia y responsabilidad en los hechos ocurridos y de igual manera denota resignación a cumplir el tiempo de condena. No obstante, tiende a flexibilizar su comportamiento al asociarse a pares criminógenos o al encontrarse bajo los efectos de sustancias ilícitas, aun cuando sea consciente de las consecuencias de sus acciones; conciencia de daño parcial, ya que visualiza de manera incipiente las consecuencias de sus actos hacia terceras personas involucradas, pero requiere mayor profundización de ello, ya que se enfoca en las perdidas personales por encontrarse privado de libertad; tiene riesgo alto de reincidencia; tiene factores de riesgo que abordar en uso del tiempo libre, pares, consumo de alcohol y drogas, presentando un consumo en el penal en los últimos 3 meses; tiene baja probabilidad de completar la intervención en el medio libre; presenta actitud/orientación procriminal; patrón antisocial”. Señala la abogada que el amparado actualmente cumple condena por causa RIT 7028 -2017 y de ella le quedan por cumplir sólo 100 días. Comenzó a hacer conducta en el módulo respectivo, llevando cinco conductas muy buenas. Está terminando el tercero medio, teniendo el segundo lugar en su grupo curso. Trabaja en Sodexo hace ocho meses como repostero en área de comida; también trabaja en maderas. Tiene domicilio conocido y arraigo familiar, una familia compuesta por su pareja y tres hijos, uno en común. En cuanto consumo de sustancias ilícitas, el interno no consume dichas sustancias, ni siquiera lo han castigado por este concepto ni lo han sometido a exámenes. Respecto al daño producido, el encartado tiene plena conciencia del daño producido y del mal que ha ocasionado a otras personas; no quiere delinquir más y ha avanzado en su proceso de reinserción social, agregando la abogada que es difícil no tener contacto con otros delincuentes si está dentro de un lugar donde el ambiente está compuesta por conductas criminógenas. Estima la recurrente que al leer la descripción del interno, se intenta establecer que él no cumple con todos los requisitos para optar a la libertad condicional, en circunstancias que se puede acreditar de manera fehaciente que sí los cumple y que tiene aspectos positivos en su conducta, por lo que resulta injusto y desproporcionado que se lo rechace sólo porque eventualmente estaría en un proceso de resocialización. El interno ya está en proceso de resocialización y no se puede esperar una reinserción absoluta del condenado a la sociedad, pues eso constituye un proceso al cual se deberá someter con la propia libertad condicional. La decisión de la Comisión constituye una vulneración arbitraria e ilegal a su derecho a la libertad personal y seguridad individual establecido en el artículo 19 Nº7 de la Constitución Política de la República. Pide que se acoja este recurso de amparo y se le otorgue al interno Raúl Eduardo Soto Sánchez la posibilidad de salir en libertad condicional, para lo cual deberá r

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además lo prevenido en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia sobre la materia, se resuelve que: SE ACOGE, sin costas, el recurso de amparo interpuesto por la abogada Cecilia Paz Orlandini Retamal en favor del condenado Raúl Eduardo Soto Sánchez, cédula nacional de identidad número 16.515.627-7, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la jurisdicción de esta Corte de Apelaciones de Concepción, que por Resolución N°52-2022, de 12 de octubre de 2022, rechazó otorgar la libertad condicional al amparado, disponiendo, en cambio, que se le reconoce el beneficio de la libertad condicional impetrado, debiendo seguirse a su respecto el procedimiento establecido en la ley y en el reglamento para su materialización. Se previene que el ministro Ascencio Molina concurre a la decisión adoptada teniendo en cuenta además el principio de irretroactividad de la ley penal, toda vez que los delitos respectivos, y el inicio del cumplimiento de la condena, son de fecha anterior a la vigencia de la ley 21.124, de modo que no procedía exigir el cumplimiento de los requisitos contemplados en esta nueva legislación y en su reglamento. Comuníquese de inmediato por la vía más expedita a Gendarmería de Chile Dirección Regional del Biobío, al Centro Cumplimiento Penitenciario del Biobío y a la Comisión de Libertad Condicional de esta Corte. Regístrese, notifíquese y oportuname

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción xsr Concepción, veinte de octubre de dos mil veintidós. VISTO: En folio 1 de estos antecedentes Rol Corte 456-2022 comparece deduciendo recurso de amparo la abogada Cecilia Paz Orlandini Retamal, cédula nacional de identidad número 10.045.975-2, domiciliada en Freire N°888, departamento 401, en Concepción, en favor del condenado Raúl Eduardo Soto Sánchez, cédula nacional de ide

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