JUZGADO DE GARANTIA DE ARICA

OMAR RUBEN (CABO 1N) VILLEGAS VEGA C/ OLIVER CABALLERO MAMANI

Rol

Fecha

20 de octubre de 2022

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en estrado, de los cuales se desprende que en la especie concurren los supuestos que establece el artículo 140 del Código Procesal Penal, lo cual se desprende de las circunstancias en las cuales fueron sorprendidos los inculpados, teniendo en su poder las sustancias nocivas, y en relación al tópico de la letra c) de dicho articulado, se desprende que la libertad de los imputados resulta peligrosa para la seguridad de la sociedad, habida consideración a la gravedad de la pena asignada al hecho punible imputado y al haber actuado en grupo o pandilla, a lo que se debe agregar la existencia del peligro de fuga de los mismos, teniendo en cuenta la situación migratoria irregular en el país que les afecta, SE CONFIRMA la resolución apelada de once de octubre del presente año, que decretó la prisión preventiva de Oliver Caballero Mamani, Luis Ángel Caballero Poma, Arnaldo Condori Vilcarani y Froilán Caballero Lanchipa, dictada en la causa RIT O- 4903-2022, RUC N° 2200997500-8, del Juzgado de Garantía de esta ciudad. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 538-2022 Penal.

Texto Completo (Preview)

Arica, veinte de octubre de dos mil veintidós. VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en estrado, de los cuales se desprende que en la especie concurren los supuestos que establece el artículo 140 del Código Procesal Penal, lo cual se desprende de las circunstancias en las cuales fueron sorprendidos los inculpados, teniendo en su poder las sustancias no

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