SIN INFORMACION

FARÍAS/ISAPRE CRUZ BLANCA S.A.

Rol

Fecha

20 de octubre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece la abogada doña Ángela Keupuchur Chávez, de don Jaime Fernando Farias Donoso, deduciendo acción constitucional de protección contra Isapre Cruz Blanca S.A., por el acto arbitrario e ilegal consistente en la aplicación de un precio improcedente en su plan de salud, utilizando una tabla de factores discriminatoria, en razón del sexo o género y edad de éste, la cual actualmente se encuentra derogada. En cuanto a los antecedentes de hecho, expresa que el recurrente, en la actualidad se encuentra afiliado a Isapre Cruz Blanca, y cuenta con un plan individual de salud denominado “Esp Integramedica Full A-2”; respecto al costo final del plan, actualmente la Isapre recurrida se encuentra aplicando un precio improcedente, utilizando una tabla de factores ilegal, arbitraria y discriminatoria -en razón de la edad y sexo del afiliado- para su cálculo, la cual ha sido derogada. Indica que la recurrida multiplica el precio base del plan de salud por un factor de 1,75 que se aplica a la recurrente de acuerdo a su edad y sexo, sumando al monto obtenido la prima GES. Así, el precio final, además de corresponder a un monto sumamente elevado (7.10 UF) ha sido obtenido mediante aplicación de tablas de factores de edad y sexo, establecidas en normas derogadas por el Tribunal Constitucional. Precisa que la sentencia del Tribunal Constitucional en causa ROL N°1710-10- INC, publicada en el Diario Oficial de fecha 9 de Agosto de 2010, declaró la inconstitucionalidad y, en consecuencia, derogó los numerales 1 a 4 del inciso tercero del artículo 38 ter de la Ley N°18.933 (actual art. 199 del DFL N°1 de 2006, del Ministerio de Salud), norma que facultaba a las Isapres para aplicar tablas de factores de edad y sexo, a fin de determinar el valor de los contratos de salud de sus beneficiarios. En cuanto al derecho, refiere como garantía constitucional conculcada, en primer lugar, invoca el derecho de propiedad garantizado en el artículo 19 N°

Fallo

Fallo del Recurso de Protección. En subsidio, alega la improcedencia del recurso teniendo en consideración que la ley sectorial establece un procedimiento administrativo reglado ante la Superintendencia de Salud, destinado a resolver las controversias entre los cotizantes, Isapres y prestadores de salud. En consecuencia, al tratarse de un contrato de salud, cualquier incumplimiento es materia de un juicio de lato conocimiento. Sostiene asimismo que la Isapre se encuentra obligada a aplicar el factor recurrido, por mandato expreso del artículo 199 del Decreto con Fuerza de Ley Nº 1 de 2005, en relación con el artículo 205 del mismo cuerpo legal. Agrega que, en particular las letras M) y N) del artículo 170 del D.F.L N°1 de Salud, mencionan expresamente que debe multiplicarse por el factor dispuesto en la tabla de factores elaborada por la Isapre, para llegar al precio final -más los beneficios adicionales, de ser procedente- que cada afiliado deberá pagar. Todas estas normas están vigentes debe utilizarlas para determinar el precio a pagar por sus afiliados y beneficiarios. Añade que, solo se declaró inconstitucional la competencia de la Superintendencia de Salud para establecer la tabla de factores siguiendo los criterios de los números 1 a 4 del artículo 199 del DFL N°1, ya que se entendió que sobrepasaba las facultades de esa autoridad administrativa, al ser materia de reserva legal. Por ello, pide el rechazo de la acción, con costas. TERCERO: Que, como se ha dicho re

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinte de octubre de dos mil veintidós VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece la abogada doña Ángela Keupuchur Chávez, de don Jaime Fernando Farias Donoso, deduciendo acción constitucional de protección contra Isapre Cruz Blanca S.A., por el acto arbitrario e ilegal consistente en la aplicación de un precio improcedente en su plan de salud, utilizando una tab

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica