FUENZALIDA/DEMRE
Rol
Fecha
18 de octubre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que con fecha 13 de enero de 2022, comparece el abogado Marco González Pizarro interponiendo recurso de protección en favor de doña Erika Fuenzalida Tolorza, Asistente Social, en contra de contra de la Universidad de Chile, solicitando se declare la arbitrariedad e ilegalidad de la acción adoptada por la recurrida, consistente en la expulsión definitiva del programa de Doctorado de Sociología impartido por la Facultad de Ciencias Sociales de esa Casa de estudios Superiores. Se indica que la recurrente ingresó al Programa de Doctorado de Sociología impartido por la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de Chile, en el mes de junio de 2014, siendo su proyecto de Tesis aprobado en el mes de junio de 2017. Luego tras la aprobación de su proyecto de Tesis obtuvo dos semestres adicionales de ampliación de plazo para entrega del Proyecto final, la primera de ellas por encontrarse con licencia médica, por cuadro psiquiátrico y, la segunda, sin señalar el motivo o circunstancia de la misma. Sin embargo, esta última prórroga estaba vigente hasta el 31 de mayo de 2020. Agrega que entregó su borrador final de Tesis el día 9 de marzo de 2020 a su director, quien le entrega su revisión el día 13 de mayo del mismo año, con algunas correcciones. Tras una serie de correos electrónicos entre ella y él, relativo a las correcciones, la recurrente entrega fuera del plazo indicado la Tesis final y la carta de suficiencia a la comisión de Doctorado. Asevera que el proceso de entrega de la Tesis no pudo continuar pues, la Dirección del Doctorado consideró que el plazo para la entrega de la Tesis estaba superado. Por ello, la recurrente deduce recursos administrativos contra la resolución que resuelve su expulsión del Doctorado, los cuales fueron rechazados, tomando conocimiento de ellos con fecha 14 de diciembre de 2020. Concluye indicando las actuaciones de la recurrida serían arbitrarias y vulneratorias de las garantías fundamentales establec
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación del recurso de protección, se rechaza el arbitrio deducido en la petición principal de la presentación de fecha trece de enero del año en curso, en favor de Erika Fuenzalida Tolorza, en contra de la Universidad de Chile Regístrese, comuníquese y, oportunamente, archívese. N°Protección-255-2022. Pronunciada por la Segunda Sala, integrada por el Ministro señora Maritza Elena Villadangos Frankovich, el Ministro (S) señora Karina Irene Ormeño Soto y el Abogado Integrante señor Eduardo Jequier Lehuede. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, dieciocho de octubre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, dieciocho de octubre de dos mil veintidós. Al folio 44, atendido lo dispuesto en el artículo 9 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación del recurso de protección, no ha lugar. Al folio 45, téngase presente. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que con fecha 13 de enero de 2022, comparece el abogado Marco González Pizarro interponiendo recurso de prot
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