JUZGADO DE GARANTIA DE LOS ANGELES

MINISTERIO PUBLICO C/ SIXTO FELIPE BELTRAN GUTIERREZ Y OTRO

Rol

Fecha

18 de octubre de 2022

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.

Resultado

REVOCADA-CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: 1°.- Que, la defensa de los imputados Sixto Felipe Beltrán Gutiérrez y Jonathan Antonio Suazo Fica, ha apelado de la resolución de diez de octubre del presente año, que les impuso la medida cautelar de prisión preventiva, quienes se encuentran formalizados como autores del delito de robo con fuerza en lugar habitado o destinado a la habitación, descrito y sancionado en el artículo 440 N° 1 en relación con el artículo 432 del Código Penal, cuestionando los presupuestos de las letras b) y c) del artículo 140 del Código Procesal Penal. Solicita se revoque la resolución en alzada y se deje sin efecto la medida cautelar impuesta, o en subsidio se la sustituya por alguna de las medidas cautelares del artículo 155 del mismo cuerpo legal. 2°.- Que la defensa en primer lugar cuestiona la participación del imputado Jonathan Suazo Fica, quien habría sido retenido por un tercero, sobrino de la víctima, quien al llegar al sitio del suceso sorprendió a dos sujetos huyendo en las cercanías del domicilio de su tío, a quienes persiguió logrando dar alcance a uno de ellos, el mencionado Suazo Fica, en tanto el otro continuó la fuga. En estas circunstancias, estiman estas sentenciadoras, en esta etapa inicial del proceso, que la actuación de dicho tercero puede encuadrarse en lo establecido en el artículo 129 del Código Procesal Penal, esto es, la detención en caso de flagrancia, por lo que la relación entre este imputado y el hecho resulta suficientemente acreditada. En cuanto al imputado Beltrán Gutiérrez, cuya detención fue declarada ilegal, la situación es distinta, ya que los antecedentes que se esgrimen en su contra para asentar su participación derivan mayoritariamente de la actuación policial realizada después del control de su identidad, cuando ya no había facultad policial que ejercer de manera autónoma. Es así que el presunto reconocimiento efectuado por una testigo se produce en el lugar de los hechos donde es conducido por los Carabi

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción CCA/mfmm Concepción, dieciocho de octubre de dos mil veintidós. VISTO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: 1°.- Que, la defensa de los imputados Sixto Felipe Beltrán Gutiérrez y Jonathan Antonio Suazo Fica, ha apelado de la resolución de diez de octubre del presente año, que les impuso la medida cautelar de prisión preventiva, quienes se encuentran formalizados como autores del delito

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica