SIN INFORMACION

ABRAMADOR GONZALEZGONZALEZ / JUAN DE DIOS PERALTA STONE

Rol

Fecha

17 de octubre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

APROBADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 361 del Código de Procedimiento Penal, SE APRUEBA en lo consultado y SE CONFIRMA en lo apelado la resolución de fecha once de octubre del año en curso, escrita fojas 459, en cuanto concedió la libertad provisional al encausado don Juan de Dios Peralta Stone y fijó el monto de la fianza en la suma de $500.000.- Comuníquese inmediatamente lo resuelto al Juzgado a quo, a fin que el Ministro Instructor adopte además, las medidas necesarias para informar a Carabineros de Chile, respecto de su cumplimiento. Sirva la presente resolución de suficiente y atento oficio remisor. Rol N° 184-2022. Penal.

Texto Completo (Preview)

Punta Arenas, diecisiete de octubre de dos mil veintidós. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 361 del Código de Procedimiento Penal, SE APRUEBA en lo consultado y SE CONFIRMA en lo apelado la resolución de fecha once de octubre del año en curso, escrita fojas 459, en cuanto concedió la libertad provisional al encausado don Juan de Dios Pe

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica