FISCALIA LOCAL DE CALAMA C/ YANITZA CAROLINA SARAVIA SARAVIA
Rol
Fecha
17 de octubre de 2022
Materia
MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).
Resultado
DIRIMIDA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Se ha trabado contienda de competencia entre el Juzgado de Garantía de Calama y el Juzgado de Garantía de Temuco para conocer de este negocio. PRIMERO: Que se trabó contienda de competencia respecto de YANITZA CAROLINA SARAVIA SARAVIA en atención a que el Juzgado de Garantía de Temuco, sólo aceptó la competencia respecto de la pena sustitutiva de Reclusión Parcial Domiciliaria Nocturna y no la pena de multa impuesta en esta causa. SEGUNDO: Que, de los antecedentes de la causa, se desprende que, atendido el domicilio de la sentenciada, es aplicable la situación excepcional prevista en el inciso 2° del artículo 36 de la Ley 18.216, esto es: “en casos excepcionales cuando, el tribunal que conozca o deba conocer de la ejecución de una pena sustitutiva podrá declararse incompetente, a fin de que conozca del asunto el juzgado de garantía del lugar en que deba cumplirse dicha pena, cuando exista una distancia considerable entre el lugar donde se dictó la sentencia condenatoria y el de su ejecución.” TERCERO: Que, en virtud de lo anterior y conforme al artículo 111 del Código Orgánico de Tribunales, al alterarse la competencia original del Juzgado de Garantía de Calama por causa legal sobreviniente, corresponde conocer del cumplimiento de la totalidad de la pena al Juzgado de Garantía de Temuco, por lo que es competente para seguir conociendo del cumplimiento total de la sentencia de autos, el Juzgado de Garantía de Temuco, interpretación que es compartida por la Fiscalía Judicial de esta Ilustrísima Corte. Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 111, 190 y siguientes del Código Orgánico de Tribunales y 36 de la Ley N° 18.216, se dirime la contienda declarando que es competente para conocer de la ejecución de la pena respecto de YANITZA CAROLINA SARAVIA SARAVIA, en su totalidad, el Juzgado de Garantía de Temuco. Comuníquese lo resuelto al Juzgado de Garantía de Calama y al Juzgado de Garantía de Temuco. Regístr
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 111, 190 y siguientes del Código Orgánico de Tribunales y 36 de la Ley N° 18.216, se dirime la contienda declarando que es competente para conocer de la ejecución de la pena respecto de YANITZA CAROLINA SARAVIA SARAVIA, en su totalidad, el Juzgado de Garantía de Temuco. Comuníquese lo resuelto al Juzgado de Garantía de Calama y al Juzgado de Garantía de Temuco. Regístrese y comuníquese. Rol 1156-2022 (PENAL)
Texto Completo (Preview)
Antofagasta, a diecisiete de octubre de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Se ha trabado contienda de competencia entre el Juzgado de Garantía de Calama y el Juzgado de Garantía de Temuco para conocer de este negocio. PRIMERO: Que se trabó contienda de competencia respecto de YANITZA CAROLINA SARAVIA SARAVIA en atención a que el Juzgado de Garantía de Temuco, sólo aceptó la competenc
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