MP C/ FRANK DANILO MARCELO HERNANDEZ RODRIGUEZ
Rol
Fecha
17 de octubre de 2022
Materia
EXTORSION. ART. 438.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE: 1.- Que la defensa de los imputados Frank Danilo Marcelo Hernández Rodríguez y Gary Rubén Stefano Bahamondes Bahamondes, quienes se encuentran formalizados por robo con intimidación, ha apelado de la resolución que decretó la medida cautelar de prisión preventiva de ambos encausados, cuestionando los requisitos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, solicitando que se ordene la inmediata libertad de sus representados o, en subsidio, que se la sustituya por alguna medida de menor intensidad de aquellas contempladas en el artículo 155 del mismo Código. 2.- Que los antecedentes invocados por el Ministerio Público, en concepto de esta Corte, resultan por ahora suficientes para tener por configurados los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 ya citado. En efecto, en el marco de la investigación incipiente aparecen efectuadas las denuncias por parte de las víctimas, si bien en tiempos y lugares diferentes, que dan cuenta de la sustracción de dinero en efectivo como de un vehículo, respecto de este último bien consta incluso mensajería de WhatsApp dando instrucciones a las víctimas para que a cambio de dinero puedan recuperar el móvil. Se cuenta igualmente con la recuperación de las llaves del vehículo sustraído, las que se encontraban en poder de uno de los imputados. Tales elementos resultan suficientes, al menos por ahora, para tener por configurada la existencia del ilícito investigado, así como para presumir fundadamente la participación de ambos imputados en tales hechos. 3.- Que la necesidad de cautela se satisface en este caso únicamente con la prisión preventiva de los imputados, atendida la naturaleza, modalidad y móviles de comisión del delito, así como la pena asignada al mismo, unido a la participación en grupo o pandilla y el hecho de poseer ambos imputados antecedentes penales que a lo menos impiden se configure a su respecto la atenuante del artículo 11 N°
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo previsto en los artículos 139, 140 y 149 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución de diez de octubre de dos mil veintidós, dictada por el Juzgado de Garantía de San Pedro de La Paz en la causa RIT 1831-2022, RUC 2210050994-k, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva de los imputados Frank Danilo Marcelo Hernández Rodríguez y Gary Rubén Stefano Bahamondes Bahamondes. Comuníquese al tribunal a quo y devuélvanse los antecedentes al Juzgado de Garantía de Coronel, a donde el Juzgado de Garantía de San Pedro de La Paz remitió los antecedentes por incompetencia. A los comparecientes se les tiene por notificados de la resolución precedente en forma personal, por estar presentes en la audiencia por videoconferencia. Sin perjuicio de ello se dispone su notificación por el estado diario. N°Penal-1100-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción CACL/xsr Concepción, diecisiete de octubre de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE: 1.- Que la defensa de los imputados Frank Danilo Marcelo Hernández Rodríguez y Gary Rubén Stefano Bahamondes Bahamondes, quienes se encuentran formalizados por robo con intimidación, ha apelado de la resolución que decretó la medida cautelar de prisión preventiva de ambos encausa
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