AGRÍCOLA VALLE NUEVO S.A./INMOBILIARIA LAS BRISAS DE CHICUREO
Rol
Fecha
18 de octubre de 2022
Materia
ACCIONES CONTEMPLADAS EN LA LEY QUE REGULA LA COMPETENCIA DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, conforme dispone el artículo 9° de la Ley N°20.169, el presente procedimiento se tramita de acuerdo con las normas del procedimiento sumario y a su vez el artículo 686 del Código de Procedimiento Civil señala que la prueba en el procedimiento sumario, cuando haya lugar a ella, se rendirá en el plazo y en la forma establecida para los incidentes. 2°.- Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba son inapelables, razón por la cual se declara inadmisible el recurso de apelación deducido en subsidio por Agrícola Valle Nuevo S.A., el diecinueve de agosto del dos mil veintidós (folio N°224), duplicado a folio N°229, en contra de la resolución de doce de agosto del mismo año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-14695-2022.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación deducido en subsidio por Agrícola Valle Nuevo S.A., el diecinueve de agosto del dos mil veintidós (folio N°224), duplicado a folio N°229, en contra de la resolución de doce de agosto del mismo año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-14695-2022.
Texto Completo (Preview)
chv C.A. de Santiago (Sala Tramitadora) Santiago, dieciocho de octubre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, conforme dispone el artículo 9° de la Ley N°20.169, el presente procedimiento se tramita de acuerdo con las normas del procedimiento sumario y a su vez el artículo 686 del Código de Procedimiento Civil señala que la prueba en el procedimiento sumario, cuando haya luga
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