PICHÚN/SOCIEDAD COMERCIALIZADORA DE ALIMENTOS PET MARKET LTDA
Rol
Fecha
14 de octubre de 2022
Materia
ART. 485 INCISO 3º CT
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Atendido el mérito de los antecedentes, lo dispuesto en el artículo 423 inciso segundo del Código del Trabajo que prohíbe expresamente la prórroga de la competencia, y compartiendo además los
Fundamentos
fundamentos del tribunal a quo, se confirma, la resolución de fecha cinco de septiembre del presente año, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en la causa RIT T-1208-2022. Regístrese y comuníquese. N° Laboral - Cobranza-2901-2022. Pronunciada por la Duodécima Sala, integrada por los Ministros señor Hernán Alejandro Crisosto Greisse, señora Mireya Eugenia López Miranda y la Ministro (S) señora Lidia Poza Matus.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, catorce de octubre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Atendido el mérito de los antecedentes, lo dispuesto en el artículo 423 inciso segundo del Código del Trabajo que prohíbe expresamente la prórroga de la competencia, y compartiendo además los fundamentos del tribunal a quo, se confirma, la resolución de fecha cinco de septiembre del presente año, dicta
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