SIN INFORMACION

TORRES/CCAF 18 DE SEPTIEMBRE

Rol

Fecha

14 de octubre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece don Cristhian Eduardo Torres Hidalgo, quien deduce acción de protección del artículo 20 de la ley Fundamental contra Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, representada legalmente por don Nelson Rojas Mena; y en contra de Caja de Compensación de Asignación Familiar 18 de Septiembre, representada legalmente por don Ricardo Villegas Méndez, a fin de que se adopten las medidas tendientes a cautelar el legítimo ejercicio de sus derechos constitucionales establecidos en el artículo 19 Nº 3 y N° 24 de la Constitución Política de la República, por el actuar arbitrario e ilegal de las cajas de compensación conforme a los antecedentes que expone. Señala que con fecha 21 de abril de 2010, solicitó un crédito a Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, cuyo pago se pactó en 84 cuotas mensuales y sucesivas de $162.585. Sin embargo, indica que desde la cuota N° 17, con vencimiento el 31 de agosto de 2011, se constituyó en mora, por lo que la recurrida, Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, con fecha 26 de junio de 2012, interpuso una demanda ejecutiva en su contra, ante el 1° Juzgado Civil de Santiago, en autos rol C-15135-2021, optando de esta forma por hacer valer la cláusula de aceleración por el cobro total de lo adeudado. No obstante lo anterior, consta que en la señalada causa no se registran movimientos en el cuaderno de apremio desde el 13 de junio del año 2017. Agrega que con fecha 28 de febrero del año 2022, se reflejó en su liquidación de sueldo que la recurrida Caja de Compensación de Asignación Familiar 18 de Septiembre comenzó a efectuar cobros por el crédito social que había contraído con Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, por la suma de $82.083.- Refiere que dichos descuentos son arbitrarios, ilegales y abusivos, toda vez que la recurrida optó- como se dijo- por ejercer previamente la acción ejecutiva, haciendo valer la cláusula de aceleración, to

Fallo

Por estas consideraciones, y de conformidad, además, a lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, SE RECHAZA, sin costas, el recurso deducido por don Cristhian Eduardo Torres Hidalgo en contra Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes y de Caja de Compensación de Asignación Familiar 18 de Septiembre. Se previene que el Fiscal Judicial señor Daniel Calvo Flores, estuvo por rechazar el recurso de protección, teniendo únicamente presente que el crédito se ha mantenido vigente dadas las repactaciones efectuadas por el propio actor. Regístrese, notifíquese y archívese, si no se apelare. N° Protección 2060-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Se deja constancia que la Sala se integra extraordinariamente con el Fiscal Judicial don Daniel Calvo Flores, en reemplazo del Ministro don Antonio Ulloa Márquez, quien se encuentra con problemas de salud. Santiago, 14 de octubre de 2022. María Teresa Pérez Relatora Santiago, catorce se octubre de veintidós. A los folios N° 27, 28 y 29: a todo, téngase presente. VISTOS Y TENIENDO

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