DURÁN/COMISION LIBERTAD CONDICIONAL 1 SEMESTRE 2022
Rol
Fecha
14 de octubre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA/COMUNICAR
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 11 de octubre del presente año comparece doña Paulina Robles Campos, Abogada de la Defensoría Penal Pública Penitenciaria, C.I. 17.715.034-7, domiciliada para estos efectos en Carrera 752, oficina 1103, comuna de Curicó, interponiendo Recurso de Amparo en favor de LUIS SALVADOR DURÁN DURÁN, C.I. 18.252.708-4, actualmente cumpliendo condena en el Centro Penitenciario de Talca y, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por la resolución que rechazó conceder el beneficio al amparado. Refiere que el señor Durán Durán cumple las siguientes condenas: 3 años y 1 día por el delito de tráfico ilícito de estupefacientes y 541 días por el delito de porte ilegal de arma de fuego, las cuales inició el 11 de julio 2019, debiendo culminar el 18 de abril 2023. En cuanto el tiempo mínimo, éste se cumplió el 20 de octubre 2021, contando con 4 bimestres de muy buena conducta. Indica que cumpliendo con los requisitos fue postulado a la libertad condicional, sin embargo, la recurrida rechazó su solicitud fundado en que no cumplía con lo dispuesto en el artículo 2° número 3 del Decreto Ley N°321, transcribiendo la resolución recurrida que, en extracto, indica que “…consta que el postulante presenta tendencia a favor del delito, no logrando realizar un buen proceso reflexivo y crítico respecto de sus conductas delictivas, mantiene cogniciones, actitudes y creencias que le otorgan valor al beneficio de éstas. Por otra parte, su discurso se encuentra centrado en visualizar el daño ocasionado para sí mismo y su grupo familiar, no haciendo alusión al daño y/o mal causado a terceros. Respecto de su estado motivacional se encuentra contemplativo, reconoce ciertas acciones y/o conductas que debe modificar pero aún es ambivalente respecto del cambio. Ante lo mismo, se considera oportuno dar continuidad a su plan establecido de modo que permita reforzar herramientas y estrategias eficaces de afrontamiento ante factores de riesgo ambientales que
Fundamentos
considerandos anteriores, esta Corte de Apelaciones considera que la Comisión obró dentro de la esfera de sus atribuciones legales y en base a los antecedentes personales del amparado. Por su parte, la negativa a otorgarle la libertad condicional se ajusta a los parámetros legales y reglamentarios, de modo que no existe un acto ilegal, atribuible a la Comisión referida, que afecte de manera indebida el derecho a la libertad personal y la seguridad individual del amparado.
Fallo
Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto por doña Paulina Robles Campos, en favor de LUIS SALVADOR DURÁN DURÁN, en contra de la resolución dictada por la Comisión de Libertad Condicional el 21 de abril del presente año. Regístrese y archívese en su oportunidad. Comuníquese por la vía más expedita. Rol 356-2022/Amparo.
Texto Completo (Preview)
Talca, catorce de octubre de dos mil veintidós. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 11 de octubre del presente año comparece doña Paulina Robles Campos, Abogada de la Defensoría Penal Pública Penitenciaria, C.I. 17.715.034-7, domiciliada para estos efectos en Carrera 752, oficina 1103, comuna de Curicó, interponiendo Recurso de Amparo en favor de LUIS SALVADOR DURÁN DURÁN, C.I. 18.252.708-
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