HERRERA/MELO
Rol
Fecha
13 de octubre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos: 1°.- Que, comparece el abogado Nicolás Castillo Cruz, defensor penal público, con domicilio para estos efectos en calle Arauco 343, Chillán, quien, en representación de Sebastián Nicolás Herrera Sandoval, interpone acción constitucional de protección en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación, representado por su director don Felipe Melo Rivara, domiciliado en calle Catedral 1772, Santiago. El letrado manifiesta que, con fecha 1 de octubre del año 2019, en la causa del Juzgado de Garantía de Chillán RUC: 1900910731-5, RIT: 6812-2019, se condenó a su representado por el delito de hurto simple frustrado a una pena de 21 días de prisión en su grado medio con la pena sustitutiva de remisión condicional por el lapso de 1 año, disponiéndose la aplicación del artículo 38 de la Ley 18.216, condena la que cumplió bajo la modalidad de remisión condicional, teniéndosele por cumplida el 17 de agosto de 2021, mediante resolución del Juzgado de Garantía de Chillán, lo cual fue informado a través de oficio al Subdepartamento de Filiación Penal para los fines registrales respectivos, entre los cuales, se halla precisamente el de eliminar de pleno derecho la anotación recaída en la presente causa, por hallarse cumplida la respectiva pena sustitutiva. Señala que, sin embargo, el Servicio de Registro Civil e Identificación no ha dado cumplimiento al mandato contenido en el artículo 38 de la Ley 18.216, y esto por cuánto desde aquella fecha la anotación sigue figurando en el extracto de filiación y antecedentes de su representado. Añade que, con fecha 20 de julio de 2022, se ofició al Registro Civil con el objeto de que diera cumplimiento al mandato aludido, hacer efectiva la eliminación de la condena del extracto de filiación y antecedentes. Sin embargo el pasado 26 de julio, el Subdepartamento de Filiación Penal del Servicio de Registro Civil e Identificación, dio respuesta a lo mandatado por el Juzgado de Garantía en el siguiente tenor: “Respecto del docume
Fundamentos
considerando séptimo de esta sentencia. Notifíquese. En su oportunidad, dese cumplimiento al numeral 14 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y
Fallo
en mérito de lo expuesto, y lo dispuesto en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Protección y demás disposiciones legales pertinentes, se tenga por interpuesto la presente acción de protección en contra del recurrido ya individualizado, acogerlo a tramitación, y ordenar expresamente al Registro Civil que proceda a eliminar la anotación del extracto de filiación del recurrente, conforme le fuera ordenado por el mismo Tribunal de Garantía de Chillán por resolución escrita de fecha 20 de julio de 2022, puesto que sólo así se puede reestablecer suficientemente el imperio del derecho y corregir o frenar la vulneración a la garantía constitucional de igualdad ante la ley que se está viendo afectada y que ampara al recurrente. A su presentación, acompaña documentos. 2°.- Que, informa doña Mónica Huerta Valderrama, quien sostiene que, revisada la base de datos del Registro General de Condenas, se ha establecido que, a la fecha de hoy el recurrente de protección, registra anotación penal por causa N° 6812-2019, RUC N° 1.900.910.731-5, del Juzgado de Garantía de Chillán, por el delito de hurto simple, siendo condenado por sentencia de fecha 1 de octubre de 2019, a 21 días de prisión en su grado medio más multa de 2/3 UTM, pena remitida y condena cumplida. Causa con beneficio de omisión de acuerdo con el artículo 38 de la Ley 18.216. Añade que también se pudo determinar que e
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Chillán, trece de octubre de dos mil veintidós. Vistos: 1°.- Que, comparece el abogado Nicolás Castillo Cruz, defensor penal público, con domicilio para estos efectos en calle Arauco 343, Chillán, quien, en representación de Sebastián Nicolás Herrera Sandoval, interpone acción constitucional de protección en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación, representado por su director don
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