ANONIMIZADO
Rol
Fecha
13 de octubre de 2022
Materia
ALIMENTOS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de autos, alegaciones de las partes, teniendo presente lo resuelto por el Primer Tribunal de Familia de Santiago en causa Rit C-5821-2007, en cuanto con fecha 10 de mayo de 2022 se informó que no se requiere liquidar la deuda en razón de la existencia de la causa Rit P-835-2016, en la que la demandante perdió el cuidado personal de la menor alimentaria desde diciembre del año 2016, por lo que mediante resoluciones de fecha veintidós de junio y catorce de julio, ambas del año en curso, no se hizo lugar a las solicitudes de pago de los retiros del 10% de la AFP planteadas por la demandante, las que tampoco fueron por ésta...
Texto Completo (Preview)
Coyhaique, trece de octubre de dos mil veintidós. VISTOS: Atendido el mérito de autos, alegaciones de las partes, teniendo presente lo resuelto por el Primer Tribunal de Familia de Santiago en causa Rit C-5821-2007, en cuanto con fecha 10 de mayo de 2022 se informó que no se requiere liquidar la deuda en razón de la existencia de la causa Rit P-835-2016, en la que la demandante perdió el cuidado p
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